Una corte federal restituye a los jueces el poder para cerrar o reabrir casos de deportación
Una corte de California restituyó la discrecionalidad a los jueces de inmigración para cerrar o reabrir casos de deportación. La valiosa herramienta había sido eliminada durante el gobierno de Donald Trump en el marco de la política migratoria de ‘tolerancia cero’.
El fallo preliminar, emitido por la jueza Susan Illston, de la Corte del Distrito Norte de California, ordena al director de la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración o EOIR), al fiscal general interino “y a todas las personas que actúan bajo sus direcciones” que recuperen el uso de sus facultades discrecionales de inmediato.
En agosto de 2018, el entonces fiscal general, Jeff Sessions, firmo una orden provisional que estableció el estándar de “buena causa” para que los jueces pospongan o cancelen un proceso de deportación. Contrario al debido proceso en el sistema criminal, las cortes de inmigración funcionan bajo la jurisdicción del Departamento de Justicia y el fiscal general tiene facultades para intervenir cuando lo estime necesario.
El Centro Legal de La Raza demandó a EOIR para revertir la cuestionada medida.
De qué se trata
La orden emitida por Sessions señalaba que “el estándar de causa justificada requiere consideración y equilibrio de múltiples factores cuando un extranjero demandado solicita más tiempo para buscar alivio colateral de otra autoridad, por ejemplo, una visa” para permanecer de manera legal en el país.
Es decir, si el fin del juicio es la deportación de individuo, cualquier procedimiento que afecte ese propósito no debe ser considerado para alterar la causa, dejando no solo a los jueces sin la capacidad para decidir, sino a los inmigrantes en proceso de deportación sin la posibilidad de utilizar esta avenida legal para evitar la deportación de Estados Unidos.
Abogados advirtieron en ese momento que la decisión de Sessions limitaba los poderes y libertades que los jueces deben tener para impartir justicia.
Una herramienta clave para los jueces
La herramienta que otorga a los jueces de inmigración la discrecionalidad para cerrar y reabrir un caso de deportación es “clave” dentro del debido proceso migratorio, consideran expertos en materia migratoria.
“Le abre las puertas a muchas personas que tienen un proceso de deportación o que ya recibieron una orden de expulsión, pero que al existir circunstancias excepcionales pueden pedirle al juez que cierre administrativamente un caso o reabra un proceso una vez caducado los plazos”, explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.
En el caso de que un inmigrante haya sido acusado de un crimen y sentenciado, la falta lo puede convertir en deportable y enfrentar un juicio de deportación. Pero si tiempo después los cargos son desestimados y el récord criminal del individuo se limpia, desaparece la causa que generó el juicio.
La jueza Illston dijo en el dictamen de 73 páginas que la medida emitida por Sessions “fue una de las muchas” que durante el gobierno de Trump “afectaron el sistema de inmigración”.
Los demandantes, un grupo integrado por cuatro agencias y organizaciones de servicios legales sin fines de lucro que representan a inmigrantes y refugiados ante los tribunales de inmigración, alegaron que la medida “eliminó las protecciones procesales críticas para los inmigrantes, se apartó inadmisiblemente de prácticas de larga data al restringir la autoridad de los jueces de inmigración para otorgar alivio a los no ciudadanos en los procesos de deportación y, en general, obstruyó la capacidad de los no ciudadanos y refugiados de buscar alivio de deportación, incluyendo la ayuda humanitaria”.
Los plazos y consideraciones a tener en cuenta
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que un no ciudadano puede presentar una moción para reconsiderar su caso “dentro de los 30 días después de emitida una orden de deportación". Señala, además, que un extranjero que recibió una orden de deportación “puede presentar una moción para reabrir el caso dentro de los 90 días contados a partir de la emisión de la orden, sujeta a ciertas excepciones limitadas” (excepcionales).
En el fallo, la jueza Illston escribe que una moción para reconsiderar un caso de deportación “aborda si un juez de instrucción cometió errores de hecho o de derecho, mientras que una moción para reabrir sólo puede concederse si se presenta una nueva evidencia que 'es material y no estaba disponible y no podría haber sido descubierta o presentada en la primera audiencia'”.
Asimismo, una persona que no sea ciudadana puede solicitar la revisión judicial de una orden de deportación definitiva (final) emitida por la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA) a través de una petición de revisión ante un tribunal de apelaciones. Entre las ayudas humanitarias para solicitar la cancelación de una deportación o la reapertura de un caso se incluye la Visa U, para víctimas violencia doméstica, o la Visa T para víctimas de tráfico humano.
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