Ministros de la Suprema Corte de Justicia de México pospusieron la discusión que se tenía programada para este miércoles sobre la autorización del consumo personal de marihuana con fines recreativos a un grupo de personas que promovieron un juicio de amparo contra la Comisión Federal para la protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) tras negarles la autorización.
Suprema Corte de México pospone discusión sobre consumo recreativo de marihuana
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de México pospusieron para el 4 de noviembre la discusión sobre consumo personal de marihuana.


La propuesta, iniciativa del ministro Arturo Zaldívar, que fue aplazada hasta el próximo 4 de noviembre, pretende autorizar a los demandantes el sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y consumir marihuana de forma personal. Pero respalda la prohibición de su comercialización, además de cualquier otra sustancia narcótica.
En la iniciativa se destaca que las prohibiciones impuestas por la Ley General de Salud contra el consumo de marihuana no pueden tomarse como medidas absolutas cuando existen otras acciones para desalentar su consumo.
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Como argumentos, el ministro sostiene que no se justifica la prohibición al consumo personal, ya que éste no impacta significativamente en la salud de la población ni tampoco en el orden público, por lo que considera que los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud son inconstitucionales.
Si la Corte vota a favor de la propuesta, para lo cual se necesitan al menos tres votos, las medidas solo se podrán aplicar a las personas que demandaron y no para la sociedad en general pero de aprobarse, se abre la puerta para que otros busquen ante las vías legales la autorización de autoconsumo.
La resolución favorecería a Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo.
El ministro Zaldívar cuenta con el apoyo de al menos un ministro. Ambos aseguran que su resolución es favorable al derecho humano al libre desarrollo de la personalidad y la autodeterminación. Sin embargo, hay ministros que se oponen y consideran que el asunto debe ser resuelto por el pleno y no por los cinco que integran la sala.
Además plantean que el pleno podría convocar a una consulta pública como sucedió en la capital de México cuando se validó el aborto en la ciudad y establecer plazos concretos para la elaboración del proyecto respectivo y su discusión en el pleno.
El consumo de droga en México no es perseguido judicialmente
Cabe señalar, que de acuerdo con las leyes mexicanas, el consumo de la droga no es perseguido judicialmente, por lo que los ministros detractores de la propuesta no conciben que Zaldívar pretenda explicar por qué el consumo de la mariguana con ‘‘fines lúdicos’’ es legítimo.
La ley contra el narcomenudeo se publicó en 2009, en la que se establece que las cantidades mínimas de cada ciudadano pueden ser portadas sin riesgo de ser procesados penalmente, más no legaliza la posesión de drogas.
Cada ciudadano tiene el derecho de portar las siguientes cantidades de drogas siempre y cuando sean para consumo personal: 2 gramos de opio, 50 mg de heroína, 5 gramos de marihuana, 500 mg de cocaína, 0.015 mg de ácidos, 40 mg de cristal o MDA y 40 mg de metanfetaminas.
También señalaron que si la Corte permite la siembra y consumo iría en contra de tratados internacionales firmados por México, en los el país se comprometió a implementar políticas públicas que reduzcan la producción y consumo de drogas.







