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Coronavirus

¿No puedes pagar la renta? Estas son las moratorias contra desalojos aprobadas a causa del coronavirus

Los gobiernos locales en toda la Bahía de San Francisco han emitido prohibiciones contra desalojos de inquilinos que en algunos casos brindan mayores protecciones que la orden ejecutiva a nivel estatal. Aquí te explicamos cuáles son y qué debes hacer para que tu arrendador no tome represalias.
2 Abr 2020 – 03:39 PM EDT
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SAN FRANCISCO, California. - El gobernador de California, Gavin Newsom, anunció este pasado viernes 27 de marzo una moratoria estatal donde los inquilinos que han sido despedidos, suspendidos o que han visto sus horas de empleo reducidas debido a la pandemia del coronavirus, recibirán un alivio si no pueden pagar su alquiler.

La medida del gobernador Newsom se produjo gracias a las llamadas constantes por parte de organizaciones que ayudan a inquilinos y a legisladores estatales que también pusieron presión para que el gobernador brindara protección a los arrendatarios mientras dure la orden de quedarse en casa.

La moratoria, que entró en vigencia de manera inmediata, solo retrasa la ejecución de las órdenes de desalojo hasta el 31 de mayo y le prohíbe a propietarios de viviendas desalojar a los inquilinos si no pueden pagar el alquiler en el caso que hayan contraído covid-19, si se encuentran cuidando a alguien que esté enfermo debido al coronavirus, si han perdido salarios debido a la orden estatal de quedarse en casa, o si han tenido que faltar al trabajo para cuidar a algún niño que ya no se encuentra en la escuela o guardería.

Sin embargo, organizaciones que ayudan a inquilinos al igual que algunos legisladores criticaron la moratoria implementada por el gobernador, calificándola de engañosa. Dijeron que a pesar de que a la orden ejecutiva se le llama moratoria de desalojos, sólo demora el tiempo con que el inquilino cuenta para responder a una orden de desalojo en el tribunal y no impide que el propietario prosiga en el tribunal con la orden de desalojo inicial.

Aquellos desalojos no relacionados con el coronavirus, como donde el propietario necesita tomar posesión de la vivienda bajo la ley Ellis, o por cualquier incumplimiento del contrato de arrendamiento no relacionado con los pagos del alquiler, aún se permitirían.

La orden del gobernador Newsom no está por encima de las medidas locales implementadas por ciudades o condados que le ofrezcan al inquilino más protecciones que la medida estatal. A continuación encontrará algunas respuestas a preguntas comunes sobre la protección de inquilinos en el Área de la Bahía:

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En California no te podrán desalojar si no pagas la renta los próximos dos meses a causa del coronavirus
  • ¿Qué hacen las moratorias de desalojo?

Varias ciudades y condados en toda el Área de la Bahía, y en otros estados a través del país, han aprobado sus propias protecciones contra desalojos. Algunas de estas medidas locales van más allá en términos de protección de inquilinos. En la ciudad de San Francisco, los propietarios tienen prohibido desalojar a los inquilinos que no pueden pagar el alquiler de este mes (abril) debido a la pérdida de salario o despido a causa del covid-19. Entre los ejemplos se encuentran: despidos de trabajo debido a la orden de quedarse en casa, estar en cuarentena, encontrarse enfermo o tener que pagar gastos médicos. La moratoria de desalojo estará vigente por 30 días y los inquilinos tienen un mes adicional para pagar el alquiler atrasado o pedir una extensión para poder pagar. La alcaldesa London Breed también tiene la autoridad para extender la orden si es necesario.

En el condado Santa Clara, la moratoria temporal que fue aprobada el pasado 24 de marzo y se extiende hasta el 31 de mayo, protege a inquilinos y dueños de pequeños negocios (dentro de los límites del condado). La orden le da a los inquilinos un total de 120 días adicionales para pagar el alquiler si han perdido ingresos relacionados con la pandemia del coronavirus.

El ayuntamiento de la ciudad de Oakland aprobó una ordenanza de emergencia que prohíbe los desalojos contra inquilinos por cualquier motivo, también conocidos como “desalojos por causa justa”. La ordenanza estará en vigencia hasta el 31 de mayo y prohíbe los aumentos de alquiler, los cargos por pagos atrasados y los desalojos para inquilinos residenciales y comerciales debido a la pérdida de empleos o la reducción de ingresos relacionados con el coronavirus. Existe una excepción de la ordenanza si es que el inquilino representa una amenaza inminente para el salud o seguridad de otros en la propiedad.

Las demandas de desalojo que se encontraban en marcha antes de la orden de quedarse en casa en los condados de San Francisco y Alameda están en pausa por ahora. Los tribunales de ambos condados, al igual que las oficinas del alguacil, dijeron que los desalojos que ya estaban programados no se llevaran a cabo mientras siga vigente la orden de quedarse en casa.

Debido a que los gobiernos locales tienen la autoridad de presentar sus propias moratorias sobre los desalojos, las reglas varían según el lugar donde viva. Visite el sitio web de la ciudad o condado en el que vive para obtener más información.


  • ¿Tengo que pagar el alquiler de abril?

La respuesta es sí. El alquiler sigue vigente y si su situación financiera se lo permite, debe de pagarlo. Los gobiernos locales urgen a los residentes que si su situación no ha sido afectada por el coronavirus y no ha perdido su trabajo y no se encuentra enfermo, debe de continuar pagando su alquiler. Las prohibiciones de desalojo temporal no significan que los propietarios congelan los pagos de alquiler. Una vez que la crisis de salud pública haya terminado, los pagos de alquiler se retoman y se tendrán que pagar los meses de alquiler atrasados durante la crisis.

Si no puede pagar el alquiler el 1 de abril debido a circunstancias relacionadas con el coronavirus, como una reducción en las horas o la pérdida de empleo, debe declarar por escrito al propietario el motivo por el que no puede pagar, y proporcionar documentación, no más de siete días después del vencimiento del alquiler.


  • ¿Cómo compruebo que perdí ingresos durante covid-19?

Todas las moratorias locales y estatales aprobadas para prevenir el desalojo solamente benefician a aquellos inquilinos que han sido afectados por la pandemia del coronavirus. Lo cual significa que el inquilino debe de comprobar la pérdida de ingresos. Alguna prueba puede ser su nómina de sueldo que demuestre que sus horas han sido reducidas, una carta o mensaje de texto de su empleador que demuestre que el negocio ha sido cerrado, o, si usted califica para recibir desempleo, puede mostrar la solicitud que mandó.
Aquellos trabajadores independientes, como los que trabajan bajo compañías como Lyft o la entrega de comidas Postmates, pueden mostrar una baja en en el número de viajes que reciben. Con muchos distritos escolares que han sido cerrados, puede mostrar su incapacidad para pagar el alquiler porque tienen que quedarse en casa para cuidar a sus hijos o aumentar los gastos de cuidado infantil.

Una vez más, los inquilinos deben presentar la documentación que demuestra pérdidas de ingreso a más tardar una semana después de informar al propietario que no podrán pagar el alquiler del mes de abril.


  • ¿Qué hago si recibo un aviso de desalojo durante la pandemia?

Los inquilinos que necesiten ayuda para combatir un desalojo deben comunicarse inmediatamente con una oficina local de asistencia legal. Además de la moratoria de desalojo a nivel estatal, la mayoría de las órdenes locales de protección varían en qué tanto puede ayudar los inquilinos dependiendo de donde vivan.
Por ejemplo, la moratoria de California, así como las moratorias en el condado Santa Clara y la ciudad de San Francisco, solo protegen a los inquilinos que enfrentan desalojos por falta de pago y sin culpa debido a la crisis del coronavirus.

Los propietarios aún pueden presentar una demanda de desalojo en su contra, también conocido como una retención ilegal, por otras razones, como por causar molestias o daños a la propiedad, o si se trata de un asunto relacionado con la violencia.

Si usted recibe una orden de desalojo de cualquier tipo, existen organizaciones que ayudan a inquilinos las cuales continúan dando servicios a través de correo electrónico, teléfono o en las redes sociales a pesar de que las oficinas se encuentren cerradas.

  • ¿Qué recursos existen para inquilinos y dónde puedo ir para obtener ayuda con un desalojo?

San Francisco:
Eviction Defense Collaborative - (415) 947-0797
Housing Rights Committee of San Francisco - (415) 703-8644
San Francisco Tenants Union - (415) 282-6622
Chinatown Community Development Center - (415) 984-2728

Condado de Alameda:
East Bay Community Law Center - (510) 548-4040, ext. 629
Eviction Defense Center - (510) 452 4541
Centro Legal de la Raza - (510) 437-1554
Bay Area Legal Aid - (888) 382-3405

Condado Santa Clara:
Law Foundation of Silicon Valley - (408) 280-2424
Sacred Heart Community Services - (408) 278-2166

Condado San Mateo:
Legal Aid of San Mateo - (650) 558-0915

Para obtener más información, visite este enlace en inglés de la organización sin fines de lucro de defensa estatal “ Tenants Together” (Inquilinos Unidos), donde encontrará una lista de otros recursos disponibles. También puedes visitar la lista de recursos que Noticias Univision 14 ha compilado para ti. Haz clicl aquí 👇

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