Algunos convictos de delitos sexuales pueden tener libertad condicional temprana en California

La Propuesta 57 permite que los convictos de delitos sexuales no violentos puedan ser elegibles para que les otorguen el beneficio de libertad condicional anticipada, según la Corte Suprema de California.

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La Corte Suprema de California dictaminó que los reclusos que han sido declarados culpables de delitos sexuales no violentos pueden ser elegibles para que les otorguen el beneficio de libertad condicional anticipada, según una medida electoral.

La Propuesta 57, aprobada por los votantes de California en 2016, es una forma de reducir la población y los costos carcelarios porque acelera las posibilidades de libertad condicional. El exgobernador Jerry Brown y otros defensores de la iniciativa dijeron que nunca tuvieron la intención de proteger a los delincuentes sexuales.

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Sin embargo, los tribunales menores, y ahora la Corte Suprema de California, estuvieron en desacuerdo.

La presidenta del Alto tribunal, Tani Cantil-Sakauye, dijo que la iniciativa no indica que los electores tuvieran la intención de "permitir que el Departamento (de Correcciones) hiciera una exclusión al considerar la libertad condicional basada en las condenas por delitos sexuales de un recluso cuando este fue declarado culpable de un delito no violento.

¿Qué puede pasar?

El fallo podría permitir que se considere el beneficio de libertad condicional para unos 20,000 reclusos, dijo la procuradora de Sacramento, Janice Bellucci, quien argumentó el caso. Ella también es directora ejecutiva de la Alianza para las Leyes Constitucionales de Delitos Sexuales.

Bajo la ley de California, los delitos violentos incluyen cosas como violación, sodomía y abuso sexual continuo de un niño. Pero la definición deja fuera muchas otras ofensas, como proxenetismo, incesto, exposición indecente y posesión de pornografía infantil.

Las juntas de libertad condicional de California todavía pueden optar por no permitir las liberaciones anticipadas individuales.

El fallo deja a las autoridades correccionales "con amplio margen para proteger la seguridad pública."

La Propuesta 57 permite considerar la posibilidad de poner en libertad a los reclusos condenados por crímenes no violentos después de haber cumplido su sentencia básica.

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