SAN JUAN, Puerto Rico, - El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) paralizó el inicio del caso y una vista de supresión de evidencia del caso estatal contra el convicto federal Lutgardo Acevedo López por el mismo argumento de jurisdicción que planteó la defensa en corte abierta el martes y que fueron rechazadas por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan.
Tribunal Supremo ordena paralizar el inicio del caso contra Lutgardo Acevedo
El otrora poderoso contable se enfrentaría a un nuevo juicio por el homicidio negligente de Félix Babilona y por el que salió absuelto en el juicio fraudulento que celebró el convicto exjuez Manuel Acevedo.

“En vista de que este Tribunal tiene la jurisdicción del caso de epígrafe (Pueblo de Puerto Rico v. Lutgardo Acevedo López) y aún este no ha advenido final y firme, se declara con lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción y Solicitud de Paralización de Procedimientos en el TPI, por lo que los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia se mantienen paralizados hasta tanto emitamos el correspondiente mandato”, resolvió hoy el más alto foro a la petición del abogado defensor Jaime Ruberté Santiago.
La jueza Mildred Pabón Charneco no intervino, se aclaró.
Este martes dio inicio a una vista de supresión de evidencia, ya pautada hace varios meses, y también estaba pautado el inicio del nuevo juicio contra Acevedo López por embriaguez y homicidio negligente.
No obstante, ante la determinación apenas la semana pasada del TSPR, confirmando al Tribunal de Apelaciones y a un TPI de que al celebrarse un nuevo juicio contra Acevedo López no se incurre en doble exposición, por haber sido el primero un caso de fraude, la defensa levantó este martes el asunto de jurisdicción.
Este consiste en que no han pasado los términos legales para que la defensa pida al TSPR una reconsideración de su determinación.
Este martes, la fiscal de distrito de San Juan Carmen Ortiz se opuso a la solicitud de los abogados Ruberté Santiago y Jorge Gordon para que se detuvieran los procesos, pero la jueza Gisela Alfonso, del TPI de San Juan, falló a favor del Ministerio Público, y en el caso de supresión de evidencia, se interrogó al patrullero Edwin López.
El abogado sostuvo que era un asunto de derecho que pudo haber sido resuelto en sala. Ruberté le indicó en la vista al Ministerio Público y a la jueza que no participarían del proceso para contrainterrogar al testigo hasta tanto el TSPR no se expresara.
Sin embargo, el Ministerio Público terminó el interrogatorio y la jueza decidió señalar para este jueves a las 10:00 de la mañana, en la sala 1101, la continuación de los procedimientos con el contrainterrogatorio.
No obstante, Ruberté Santiago indicó a la agencia de noticias Inter News Service (INS) que para este jueves el tribunal de San Juan ya tendrá la resolución del TSPR en sus manos y debe paralizar la continuación de este y cualquier otro procedimiento contra su defendido.
Indicó que el término para pedirle al TSPR reconsideración a su determinación vence el 27 de abril y con seguridad presentarán el recurso.
Ruberté indicó en la vista que el caso reciente que perdieron ante el Tribunal Supremo (TSPR) por doble exposición aun está bajo la jurisdicción del alto foro porque no han transcurrido los términos de 10 días laborables para solicitar una reconsideración.
El TSPR tampoco han dado un mandato para devolver el caso para el nuevo inicio del juicio por homicidio negligente y conducir en estado de embriaguez, y cualquier otro procedimiento.
Ambos extremos le fueron favorecidos.
Sobre la posición del Ministerio Público, el abogado defensor dijo que fue “tan equivocada como la del Tribunal”.
En el accidente de tránsito causado por Acevedo López en Moca en el 2012 murió el agente de seguridad privada Félix Babilonia, cuyo auto fue impactado frontalmente por el BMW de Acevedo López, quien invadió imprevistamente su carril.
Acevedo López ya fue juzgado por estos hechos y salió absuelto en el 2012. Sin embargo, el juicio fue recientemente anulado en vista de que Acevedo López sobornó al juez Manuel Acevedo Hernández para lograr dicha absolución.
Ambos fueron convictos en el foro federal por esos actos de corrupción. El TSPR decidió hace una semana que al imputado no le cobija, en este caso, la protección de la doble exposición.
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