Miles de familias que incurrieron en gastos por el cuidado de sus hijos o familiares pueden reclamar un crédito tributario que para este 2022 les puede reembolsar hasta $16,000 si cumplen con ciertos requisitos.
¿Gastas en el cuidado de hijos o dependientes? Este crédito del IRS te puede reembolsar hasta $16,000
Una vocera del IRS informa que para el año tributable 2021, el límite máximo reembolsable del crédito se elevó a $8,000 por un dependiente elegible o a $16,000 por dos o más.

El beneficio lleva por nombre Crédito por Gastos de Cuidado de Hijos Menores o Dependientes y está diseñado para brindar un alivio económico a los contribuyentes que, para poder seguir trabajando o buscar activamente empleo, tuvieron que realizar gastos para el cuidado de sus dependientes, los cuales pueden ser menores de edad o adultos con alguna discapacidad.
Yvi Hernández, vocera del Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS, por sus siglas en inglés), explicó en entrevista con Noticias Univision 14 que para el año tributable 2021 y gracias al Plan de Rescate Económico del gobierno federal, el límite máximo reembolsable del crédito se elevó a $8,000 por un dependiente elegible o a $16,000 por dos o más individuos que califican, a diferencia de los $3,000 y $6,000, respectivamente, que se ofrecían en años anteriores.
“Los gastos realizados para el cuidado de una persona elegible son aceptados siempre y cuando la razón principal del gasto fue asegurar el bienestar y la protección del individuo dependiente”, señala el IRS en su página de internet.
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¿Quiénes califican para reclamar el crédito?
Para poder reclamar el crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes, las personas bajo su cuidad deben cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
- Un hijo que tenía menos de 13 años cuando recibió el cuidado
- Un cónyuge que estuvo física o mentalmente incapaz de cuidarse a sí mismo y haya vivido contigo por más de la mitad del año
- Una persona que sea física o mentalmente incapaz de cuidarse a sí misma, haya vivido con usted durante más de la mitad del año y: (a) sea su dependiente; o (b) podría haber sido su dependiente salvo que ésta tuvo ingresos brutos de $4,300 o más, o presentó una declaración conjunta, o usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) podía haber sido reclamado como dependiente en la declaración de impuestos de 2020 de otro contribuyente.
El IRS aclara que una persona física o mentalmente incapaz de cuidarse a sí misma es un individuo que, debido a un defecto físico o mental, no puede atender sus propias necesidades de higiene o alimentación, o requiere de la atención a tiempo completo de otra persona para su propia seguridad o la seguridad de otros.
Por otro lado, llamaron a los padres o madres sin custodia que reclamen a un hijo como dependiente, a revisar las reglas explicadas en el tema ‘Child of divorced or separated parents or parents living apart’ (Hijo de padres divorciados o separados o padres que viven aparte) en el siguiente enlace.
Finalmente, la vocera Yvi Hernandez detalló que todos los personas calificables deben contar con un número de Seguro Social, por lo que las personas indocumentadas con número ITIN no puedes ser reclamadas como dependientes para el propósito de este crédito tributario.
¿Qué proveedores de cuidado califican para reclamar el crédito?
El IRS señala que el contribuyente tiene la responsabilidad de identificar a todas las personas u organizaciones que le provean cuidado a su hijo o dependiente, e informar en su declaración el nombre, la dirección y el TIN (número de Seguro Social o el Número de Identificación del Empleador) del proveedor de cuidado.
Si el proveedor de cuidado es una organización exenta del pago de impuestos, sólo tiene que informar el nombre y la dirección de la organización en su declaración de impuestos.
En caso de que tengas que solicitar esta información al proveedor de cuidado, lo puedes hacer a través del Formulario W-10, disponible en este enlace. Si el proveedor de cuidado no puede proveer la información correspondiente, es posible que aún sea elegible para reclamar el crédito, siempre y cuando pueda demostrar se intentó recopilar la información requerida.
Los contribuyentes deben tener en cuenta que si le pagan a un proveedor para que cuide a su dependiente o cónyuge en casa, bajo las reglas del IRS se le podría considerar “empleador de empleados domésticos”. En ese caso, es posible que tenga que retener y pagar impuestos de Seguro Social y de Medicare, además de pagar el impuesto federal para el desempleo.
Otro consideración es que el proveedor de cuidado no puede ser su cónyuge, el padre de su dependiente calificado si su individuo calificado es su hijo menor de 13 años, ni su hijo menor de 19 años de edad o un dependiente a quien usted o su cónyuge pueda reclamar en su propia declaración de impuestos.
¿Cómo puedo reclamar el crédito por gastos de cuidado de hijos?
Los contribuyentes que califiquen para este crédito pueden completar el Formulario 2441 y el Formulario 1040 cuando presenten su declaración de impuestos.
En el caso que haya recibido por parte de su empleador algún beneficio por concepto de cuidado de dependientes, deberán completar la Parte III del Formulario 2441.
El monto deducible que recibió de su empleador debe aparecer en el Formulario W-2 que le entregan al inicio de la temporada de impuestos.




















