Gobernador asegura que el ELA da “poderes mayores a los que gozan los estados”

Alejandro García Padilla reaccionó a la desición del caso U.S. v. Santiago Colón y dijo que: “nuestra relación única con Estados Unidos conlleva que tengamos poderes mayores a los que gozan los estados”.

Alejandro García Padilla
Alejandro García Padilla
Imagen Inter News Services

SAN JUAN, Puerto Rico.- El gobernador Alejandro García Padilla, al comentar sobre la decisión del juez federal Gustavo Gelpí en el caso U.S. v. Santiago Colón, que Santiago Colón, dijo que “la decisión, emitida según la norma dictada en Puerto Rico v. Sánchez Valle, demuestra que nuestra relación única con Estados Unidos bajo el ELA conlleva que tengamos poderes mayores a los que gozan los estados”.

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El juez federal resolvió este martes que una determinación de un tribunal de Puerto Rico sobre la admisibilidad de cierta evidencia relacionada a la identificación del acusado, impide que los tribunales federales puedan reconsiderar esa decisión en una acusación federal posterior.

“La jueza Kagan, del Tribunal Supremo de Estados Unidos, explicó en su opinión en Puerto Rico v. Sánchez Valle que, ‘a partir de 1952, Puerto Rico se convirtió en un nuevo tipo de entidad política, todavía asociada cercanamente con Estados Unidos, pero gobernada de acuerdo a una Constitución ratificada por el voto popular, mediante el ejercicio de su poder de autogobierno’”, ”, reseñó el gobernador.

Allí describió, dijo García Padilla, el cambio de 1952 como uno de “magnitud”, que le requirió “reconsiderar la pregunta de soberanía dual entre ambos cuerpos políticos”.
Para el gobernador, “aunque la jueza sostuvo en su conclusión que Puerto Rico no tiene soberanía dual -únicamente para propósitos de doble exposición- dado que el análisis legal requerido era uno histórico, destacó que ‘Puerto Rico hoy… tiene un estatus distintivo y, de hecho, excepcional, de autogobierno’”.

Con esa expresión, insistió, el Tribunal Supremo distinguió la naturaleza transformativa que tuvo la aprobación de la Constitución del Estado Libre Asociado (ELA) en la relación entre Puerto Rico y Estados Unidos.

“Si el análisis que hubiera aplicado a la pregunta de doble exposición hubiese sido sobre la soberanía que actualmente disfruta Puerto Rico”, dijo el mandatario, el resultado claramente hubiese sido que Puerto Rico “es un ente soberano, distinto a Estados Unidos”.

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“No obstante, el resultado del Tribunal, dado el análisis histórico que le correspondía aplicar, fue que ese poder emanaba antes de 1952 del mismo ente soberano: Estados Unidos. Por tanto, el resultado práctico bajo ese enfoque es que Puerto Rico y Estados Unidos no pueden acusar sucesivamente de delito a una persona”.

A su juicio, “son, para efectos de doble exposición, un mismo ente político y no dos soberanías. No obstante, esa conclusión implicó también al ELA un reconocimiento de poderes más amplios que los que tienen los estados frente al gobierno federal cuando primero se procesa criminalmente a alguien en los tribunales del ELA”.

García Padilla concluyó que “gracias a la relación ‘distintiva’ y ‘excepcional’ que mantiene el ELA con Estados Unidos, las determinaciones de los tribunales de Puerto Rico en situaciones similares a la de U.S. v. Santiago Colón no pueden ser revisitadas por los tribunales federales. Ese poder de finalidad no lo comparten los tribunales de otros estados. Aunque hubiéramos querido que el Tribunal Supremo llegase a otra conclusión en Sánchez Valle, continuamos complacidos por su reconocimiento expreso de los poderes de autogobierno que disfruta Puerto Rico”.