Empresas que pidan pruebas adicionales al permiso de trabajo serán multadas

Una empresa de California deberá pagar una multa por excederse al pedir documentos adicionales a un inmigrante con estatus legal de permanencia en Estados Unidos y una autorización de empleo (EAD) válido. El precedente ayudará a miles de extranjeros con permisos de trabajo vigentes.

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Una empresa de California deberá pagar una multa por excederse al pedir documentos adicionales a un inmigrante con estatus legal de permanencia en el país y una autorización de empleo (permiso de trabajo, EAD) válido.

El Departamento de Justicia (DOJ) dijo que, tras la disputa jurídica, “se alcanzó un acuerdo con una agencia de consultoría que permite resolver acusaciones de discriminación relacionadas con inmigración”.

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El acuerdo conciliatorio fue cerrado con Cloud Peritus, Inc., una compañía de servicios de consultoría en el ámbito de la informática radicada en California, explicó el DOJ.

“La conciliación resuelve las acusaciones del Departamento de que Cloud Peritus había discriminado a un no ciudadano al pedir que presentara documentos adicionales e innecesarios para demostrar su permiso para trabajar, debido a su estatus (legal) como ciudadano extranjero”, añade.

Qué dice la ley

“Una vez que un empleado haya presentado documentación válida y aceptable para demostrar su permiso para trabajar (legalmente en Estados Unidos), el empleador no puede pedir documentos adicionales simplemente por motivos de ciudadanía, estatus migratorio o nacionalidad de origen del empleado”, dijo Kristen Clarke, fiscal federal auxiliar de la División de Derechos Civiles del Departamento.

Agregó que el departamento bajo su cargo “se ha comprometido a garantizar que todo trabajador tenga el derecho a demostrar su permiso para trabajar libre de discriminación ilícita”.

El acuerdo fue celebrado por abogados de inmigración. “Sienta un precedente importante, todo extranjero con una autorización de empleo tiene derechos que deben ser respetados”, dijo a Univision Noticias Alex Gálvez, quien ejerce en Los Ángeles, California.

“No solo como ciudadano estadounidense o residente permanente legal tiene derechos la persona. Si un ciudadano extranjero tiene DACA, es un titular del Estatus de protección Temporal (TPS) o se encuentra en proceso y además tiene autorización para trabajar legalmente en el país, no puede ser estigmatizado o ser visto como inferior a los demás trabajadores”, indicó.

Gálvez dijo además que “cuando uno aplica para un puesto de trabajo, lo único que tiene que enseñar es el documento de autorización de empleo (EAD) que otorga el servicio de inmigración (USCIS) y la empresa someter un formulario I-9 (E-Verify) para confirmar que la persona tiene estatus legal de permanencia y permiso para trabajar en Estados Unidos”.

La investigación

La investigación determinó que Cloud Peritus “discriminó a un no ciudadano al pedir que presentara documentos adicionales para demostrar su permiso para trabajar, a pesar de haber ya presentado suficiente documentación, por motivos de su estatus de ciudadanía”, detalló el DOJ.

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El reporte indica además que la investigaciónb "reveló que la solicitud documental discriminatoria de la compañía fue el resultado, en parte, de su fañta de entendimiento del software que usaba para verificar el permiso para trabajar de sus empleados, y la compañía creía que el sistema requería esos documentos del ciudadano extranjero” (con estatus legal en EEUU).

La División de Derechos Civiles indicó además que la disposición antidiscriminatoria de la ley de Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) “prohíbe que los empleadores pidan documentos adicionales o diferentes a los necesarios para demostrar el permiso para trabajar con base en el estatus migratorio o de ciudadanía del empleado, o bien por su nacionalidad de origen”.

Los empleadores deben permitir que sus trabajadores presenten cualquier documentación válida que dichos trabajadores quieran y “no pueden rechazar documentación válida que parece ser genuina”, indicó.

El acuerdo

La disputa judicial se zanjó con la aceptación por parte de Cloud Peritus de pagar “una sanción civil”, cuyo monto no fue publicado.

Asimismo, el acuerdo requiere que Cloud Peritus “capacite a sus empleados en cuanto a los requisitos de la disposición antidiscriminatoria de la INA y que se someta a los requisitos de supervisión y declaración del DOJ.

La Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia indicó que es la responsable de hacer cumplir la disposición antidiscriminatoria de la INA.

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Señaló además que “la ley prohíbe la discriminación por motivos de Estatus de Ciudadanía o nacionalidad de origen en los procesos de contratación, despido o reclutamiento o recomendación por comisión”, además de prácticas documentales injustas y represalias e intimidación.


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Quién investiga

La Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados (IER) recibe denuncias e investiga diferentes tipos de conducta discriminatoria al amparo de la disposición antidiscriminatoria de ley de la INA, tal como:

  • Discriminación por motivos del estatus migratorio o de ciudadanía en la contratación, el despido o el reclutamiento o la recomendación por comisión por parte de empleadores con cuatro empleados o más. Los empleadores no deben tratar a ciertos individuos de una forma distinta por motivos de su estatus migratorio o de ciudadanía;
  • Discriminación por motivos de la nacionalidad de origen en la contratación, el despido o el reclutamiento o la recomendación por comisión por parte de empleadores con más de tres, pero menos de quince empleados. Los empleadores no deben tratar a los individuos de una forma distinta por motivos de su lugar de nacimiento, país de origen, ascendencia, idioma materno, acento o por aparentar o sonar como «extranjeros;
  • Prácticas documentales injustas relacionadas con el proceso de verificación de la elegibilidad de empleados para trabajar. Los empleadores no deben solicitar documentos adicionales o diferentes a los que se requieren para verificar la elegibilidad para trabajar, ni tampoco deben rechazar documentos que parecen ser auténticos o especificar ciertos documentos en vez de otros, con el propósito o la intención de discriminar por motivos del estatus de ciudadanía o la nacionalidad de origen;
  • Represalias/Intimidación. Individuos que presenten denuncias ante la IER, que cooperen con una investigación de la IER, que disputen una acción que pudiera constituir una práctica documental injusta o discriminación por motivos del estatus migratorio o de ciudadanía o bien por la nacionalidad de origen, o que hagan valer sus derechos al amparo de la disposición antidiscriminatoria de la INA se protegerán de la intimidación, amenazas, la coacción y represalias.