DHS termina el programa de reunificación familiar para cubanos y otras nacionalidades

De acuerdo con un memorando del Departamento de Seguridad Nacional, el programa de reunificación familiar para ciudadanos de Cuba, Colombia, Haití y otras nacionalidades fue finalizado. Te contamos a quiénes afecta.

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El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció este viernes el fin del parole de reunificación familiar para varios países de Latinoamérica y el Caribe, incluyendo Cuba.

“El Departamento de Seguridad Nacional está poniendo fin a todos los programas de parole para la reunificación familiar (FRP) para extranjeros procedentes de Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití y Honduras, y sus familiares directos”, dice el comunicado del DHS.

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En el mismo comunicado, el DHS refiere al “fin al abuso del permiso humanitario, que permitía a extranjeros con antecedentes insuficientemente verificados eludir el proceso de inmigración tradicional”, como una de las razones por las que la administración Trump decidió poner fin al programa.

Según el DHS, de ahora en adelante este permiso humanitario sería restablecido a “su uso original, caso por caso, tal como lo concibió el Congreso”.

“Los programas FRP (parole de reunificación familiar) presentaban fallas de seguridad causadas por una verificación insuficiente de los antecedentes, que podían ser aprovechadas por personas malintencionadas y fraudulentas, para ingresar a Estados Unidos, lo que representaba un nivel de riesgo inaceptable para el país”, continúa el comunicado.

Quiénes se verán afectados con la medida

Un aviso en el Registro Federal explica cómo se llevará a cabo la cancelación de los programas de Parole de Reunificación Familiar.

El comunicado del DHS señala que, si un extranjero obtuvo la libertad condicional bajo los programas FRP y no ha expirado el 14 de enero de 2026, esta finalizará en esa fecha a menos que tenga pendiente una solicitud para la residencia permanente o ajuste de estatus, que haya sido enviado por correo o presentado electrónicamente a más tardar el 15 de diciembre de 2025 y que aún esté pendiente el 14 de enero de 2026.

Si el extranjero tiene un Formulario I-485 pendiente, su permiso de permanencia temporal seguirá siendo válido hasta que expire dicho permiso o hasta que se tome una decisión final sobre su Formulario I-485 pendiente, lo que ocurra primero.

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Si la solicitud del formulario I-485 es negada, el período de libertad condicional finalizará y el extranjero deberá abandonar Estados Unidos de inmediato, dice el comunicado.

Además, señalan que al determinarse como finalizada la libertad condicional para un extranjero, también se revocará su permiso de trabajo.

Cada persona sería notificada por aparte, sobre la finalización de su período de libertad condicional y autorización de empleo.

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