Estos son los derechos de los asistentes de atención médica domiciliaria en Nueva York

En el estado de Nueva York hay unos 200,000 trabajadores de atención médica en el hogar. Más del 60% son inmigrantes y más del 90% son mujeres. Muchos de ellos reportan abuso laboral.

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A pesar de la importancia vital de su trabajo, los asistentes de atención médica domiciliaria en Nueva York, pocas veces ganan más del salario mínimo y aproximadamente el 18% de los asistentes en todo el estado viven por debajo del nivel de pobreza, ha informado la oficina del alcalde Bill de Blasio.

Por eso, en noviembre, de Blasio junto a la procuradora general de Nueva York Letitia James, lograron un acuerdo histórico para compensar a un grupo de asistentes de atención médica domiciliaria que había sido víctima de abuso laboral. En un acuerdo contra Intergen Health, LLC y Amazing Home Care Services, LLC. Amazing e Intergen, lograron que se pagara
casi 19 millones de dólares a 12,000 empleados por salarios impagos.

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En un comunicado, la fiscal James infromó que este es uno de los acuerdos más grandes de este tipo alcanzado en Nueva York y declaró: “Los asistentes de salud en el hogar están en primera línea al servicio de los más vulnerables en nuestras comunidades, sin embargo, estas agencias les negaron la forma más básica de dignidad y respeto: un salario justo por un arduo día de trabajo”.

De Blasio, por su parte, dijo: “Los trabajadores del cuidado de la salud en el hogar cuidan a nuestras familias y no solo merecen una licencia remunerada por enfermedad y seguridad, sino que tienen derecho a tomarla”. Y agregó que este acuerdo lleva un mensaje “para cualquier empresa de la ciudad de Nueva York que crea que puede salirse con la suya reteniendo los derechos de los trabajadores y violando nuestras leyes: te haremos responsable”.

Derechos de los asistentes de atención médica en Nueva York

Salario justo.
A los asistentes de atención médica domiciliaria se les debe pagar el salario mínimo de acuerdo con las pautas salariales estatales y municipales aplicables (aquí). Además, los trabajadores de la salud a domicilio son elegibles para horas extras, descansos y tiempo libre remunerado. Es importante recordar que ganar menos del salario mínimo o no cobrar horas extras son formas de robo de salario.

Protección de horas extras.
Los trabajadores de la salud en el hogar que no viven en su lugar de trabajo tienen derecho a recibir su salario por todas las horas superiores a 40 por semana, mientras que los trabajadores internos deben recibir horas extraordinarias por todas las horas superiores a 44 por semana.

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Descanso.
Los trabajadores de la salud a domicilio suelen trabajar en turnos de 24 horas o más, incluido el tiempo de sueño y deben recibir un pago por todo el turno de 24 horas. Esto se debe a que estos trabajadores rara vez, si es que alguna vez, tienen un sueño ininterrumpido. Los clientes, más bien, necesitan su atención a todas horas, requiriendo que los trabajadores se despierten y los cuiden.

Así mismo en Nueva York, los asistentes de atención médica domiciliaria tienen derecho a un descanso para comer no remunerado de al menos 30 minutos, siempre que trabajen 6 horas o más. Además, según la ley del estado de Nueva York, los trabajadores de atención médica domiciliaria califican para tres días de tiempo libre remunerado por año, mientras que los asistentes en la ciudad de Nueva York tienen derecho a 2 días adicionales de tiempo libre remunerado, después de un año de empleo.

Igualdad.
Los trabajadores del cuidado de la salud en el hogar también tienen protecciones contra la discriminación y el acoso sexual en virtud de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York. Las protecciones contra el acoso sexual se aplican a todos los empleadores, independientemente del número de empleados que haya en su empresa. Entre los ejemplos de acoso sexual incluye avances sexuales no deseados, conducta verbal o física de naturaleza sexual, solicitud de favores sexuales o creación de un entorno de trabajo hostil.

Si tienes dudas sobre tus derechos, puedes visitor esta página, o escribir a: OLPS@dca.nyc.gov
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