FRESNO, California.- Sin importar el estatus migratorio, los trabajadores que se infectaron de covid 19 o que sufieron alguna reacción tras vacunarse, tienen derecho al pago de horas de enfermedad, pese a que algunos empleadores digan lo contrario.
¿Debe mi empleador pagar día de enfermedad si tengo reacciones a la vacuna? Expertos laborales responden
De acuerdo a la ley SB95, los trabajadores que enfermen por covid 19, o aquellos que sufran reacciones adversas a causa de la vacuna tienen derecho a horas pagas por enfermedad suplementaria.

Una trabajadora del Valle Cental denunció a la redacción de Noticias Univision 21 que su supervisora le negó el pago del día que no se presentó a trabajar, según ella a causa de los efectos por recibir la segunda dosis de la vacuna contra el covid 19.
"Sentí mareo, dolor de cabeza, cansancio, ganas de vomitar", comentó de forma anónima la persona afectada.
La mujer de Visalia relató que una vez que se reincorporó a trabajar, la supervisora le manifestó que ese día no sería pagado, pues "había ido por su cuenta".
Lo que la jefa de la mujer no sabe es que la ley SB95, firmada por el gobernador Gavin Newsom en marzo pasado, protege a los empleados de cualquier consecuencia de salud a causa del covid 19.
La ley proporciona licencia por enfermedad complementaria relacionada con COVID-19 a aquellos que no pueden trabajar o teletrabajar debido a COVID-19. Los requisitos de licencia por enfermedad se aplican retroactivamente al 1 de enero de 2021 y se aplican hasta el 30 de septiembre de 2021.
Hernán hernández
Federacion de campesinos.
"Si alguien se siente enfermo al siguiente día después de que agarró la vacuna, entonces se les compensa el tiempo en que trabajó la cuadrilla o es el tiempo que trabajaría la compañía", indica Hernán hernández de la Federación de Campesinos
La trabajadora que cuestionó la respuesta de su supervisora tenía razón. Y aunque la ley no exige que deba entregarse un documento a su empleador a la hora de solicitar estas horas de enfermedad por covid, la Comisionada del Trabajo lo recomienda.
"Hagan el pedido por escrito o email, y si lo hacen verbalmente, deben dar seguimiento y dar evidencia que uno está ejerciendo bajo la ley. En caso que el patrón se niegue, tiene la evidencia", dice Lilia García Brower.
El estatus migratorio no importa. Todo trabajador en California tiene derecho a horas de enfermedad sumplementarias, ser libre de represalias y ser remunerado por todo el trabajo realizado.
Para mayor información sobre robo de salario, ingrese a este enlace.


