A partir de hoy entran en vigor nuevos montos para algunas tarifas relacionadas con trámites migratorios que se presentan ante los tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Suben las tarifas de trámites migratorios en EEUU: ¿cuánto cuestan ahora el asilo, la residencia y el TPS?
El ajuste por inflación modifica los montos de varios trámites migratorios presentados ante la EOIR a partir de este 1 de octubre.
Para una persona que atraviesa un proceso migratorio en Estados Unidos, el costo de presentar una solicitud puede ser una parte importante de la decisión sobre cuándo y cómo avanzar con su caso. Desde este 1 de octubre de 2026, algunos de esos costos cambian.
El Departamento de Justicia, a través de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), anunció los nuevos montos de determinadas tarifas relacionadas con formularios del Departamento de Seguridad Nacional ( DHS) cuando estos se presentan ante la EOIR.
El cambio corresponde al ajuste anual por inflación establecido por la ley y aplica durante el año fiscal 2027. En N+ Univision te explicamos todo lo que debes saber sobre los nuevos precios de trámites clave en Estados Unidos.
¿Qué trámites aumentan de precio a partir del 1 de octubre de 2026?
El ajuste alcanza cuatro formularios del DHS: el I-485, utilizado para solicitar la residencia permanente o el ajuste de estatus; el I-589, para solicitar asilo y suspensión de la deportación; el I-601, para solicitar una exención de determinados motivos de inadmisibilidad, y el I-821, para solicitar el Estatus de Protección Temporal ( TPS).
Para el Formulario I-485, la tarifa OBBBA pasa de 1,540 a 1,590 dólares, un incremento de 50 dólares.
En el caso del Formulario I-589, la tarifa para una solicitud inicial de asilo y suspensión de la deportación permanece en 100 dólares.
Sin embargo, la Tarifa Anual de Asilo vinculada con el I-589 aumenta de 102 a 105 dólares.
Para el Formulario I-601, la tarifa pasa de 1,070 a 1,100 dólares, un aumento de 30 dólares.
Y para el Formulario I-821, relacionado con el Estatus de Protección Temporal, el monto aumenta de 510 a 520 dólares, es decir, 10 dólares más.
Un cambio de precio que llega con el nuevo año fiscal
Las nuevas tarifas corresponden al año fiscal 2027 y se aplican a las solicitudes que se presenten ante los Tribunales de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración a partir del 1 de octubre de 2026.
Esto significa que, para determinar qué tarifa corresponde, importa la fecha en que se presenta la solicitud.
La EOIR señala que continuará rechazando cualquier solicitud que no incluya la tarifa de presentación correspondiente o una solicitud de exención de tarifas.
Por eso, antes de presentar un trámite, es importante verificar que el monto incluido sea el que corresponde al año fiscal 2027 o, cuando sea aplicable, presentar la solicitud de exención de tarifas.
¿Por qué aumentaron los precios de estos trámites?
El cambio es consecuencia de una disposición incluida en la ley conocida como One Big Beautiful Bill Act ( OBBBA), promulgada el 4 de julio de 2025.
Esa legislación estableció nuevas tarifas relacionadas con determinados trámites, mociones y apelaciones ante la EOIR a partir del año fiscal 2025 y estableció que el Fiscal General debía actualizarlas anualmente de acuerdo con la inflación.
Para calcular las tarifas correspondientes al año fiscal 2027 se utilizó el cambio del Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos ( IPC-U) entre julio de 2025 y julio de 2026.
El cambio porcentual utilizado para este ajuste fue de 3.4%.
La ley establece además cómo deben redondearse los nuevos montos. Por esa razón, el aumento final no representa exactamente 3.4% en cada uno de los trámites.
No todas las tarifas de estos formularios están cambiando…
Hay una diferencia importante que conviene tener presente. El aviso del Departamento de Justicia se refiere a las tarifas OBBBA aplicables a estos formularios cuando se presentan ante la EOIR.
El aviso no modifica las tarifas que el Departamento de Seguridad Nacional recauda bajo la sección 286(m) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Esto significa que los montos incluidos en el anuncio no deben interpretarse automáticamente como el costo total de cada formulario en cualquier situación.
De acuerdo con el aviso, los montos que aparecen en el portal de pagos y en el sitio web de la EOIR corresponden al total combinado de las tarifas de la sección 286(m) y las tarifas OBBBA.
Por ello, quien vaya a presentar uno de estos formularios debe revisar el monto que corresponda específicamente a su trámite ante la EOIR.
¿A quiénes puede afectar este cambio?
La actualización afecta a las personas que presenten ante la EOIR alguno de los trámites incluidos en el aviso y que estén sujetos a las tarifas OBBBA.
Esto puede incluir a personas que buscan ajustar su estatus o solicitar la residencia permanente, personas que presentan determinadas solicitudes de asilo o suspensión de la deportación, quienes solicitan una exención de determinados motivos de inadmisibilidad y quienes solicitan el Estatus de Protección Temporal.
El impacto económico dependerá del trámite que corresponda a cada persona.
Por ejemplo, quien deba pagar la tarifa OBBBA correspondiente a un I-485 tendrá un incremento de 50 dólares respecto al monto del año fiscal 2026. En un I-601, el aumento será de 30 dólares, mientras que en un I-821 será de 10 dólares.
En el caso de una solicitud inicial de asilo mediante el I-589, la tarifa OBBBA permanece en 100 dólares. El cambio se encuentra en la Tarifa Anual de Asilo, que pasa a 105 dólares.
¿Qué pasa si una persona no puede pagar?
El aviso también contempla la posibilidad de presentar una solicitud de exención de tarifas, cuando corresponda.
La EOIR señala que una solicitud presentada ante los tribunales de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración será rechazada si no incluye la tarifa de presentación correspondiente o una solicitud de exención de tarifas.
Para una persona que está preparando su caso, este punto puede ser tan importante como conocer el nuevo precio: no se trata únicamente de saber cuánto cuesta el trámite, sino de presentar correctamente el pago o la solicitud de exención que corresponda.







