La Junta de Apelaciones de Inmigración de EEUU decidió que la I-220A o liberación condicional que entregaron a un cubano que fue detenido tras cruzar la frontera, no puede ser considerada como un parole humanitario, y por tanto le debe ser retirado el beneficio de la residencia que se le había otorgado bajo la Ley de Ajuste.
Cubanos con I-220A no podrán aplicar a la residencia bajo la Ley de Ajuste según decisión de Junta de Apelaciones
Según la Junta de Apelaciones de Inmigración de EEUU, la I-220A o liberación condicional que le entregaron a un cubano que había cruzado la frontera, no puede ser considerada como un parole humanitario, y por tanto le debe ser retirado el beneficio de la residencia que se le había otorgado bajo la Ley de Ajuste. El caso podría afectar a cientos de miles de cubanos.

La decisión podría afectar a miles de cubanos que recibieron una I-220A tras ser liberados una vez que habían sido detenidos al cruzar la frontera.
“Es en este caso en el que la Junta de Apelaciones está revocando la decisión del juez, por ende, le retira el beneficio de la residencia a esta persona. (Pero) ¿qué pueden esperar las próximas personas?, lamentablemente como está la decisión, es que el I-220A o la liberación condicional no es un parole para fines de la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano”, explicó el abogado de inmigración, José Guerrero.
El experto agregó que no todo está perdido, porque “ no es una decisión final pues está volviendo al juez, después va a volver a la Junta de Apelaciones y cuando ya haya una orden final de deportación, entonces irá a una corte federal de apelaciones, en este caso, como estamos en Florida sería el 11 circuito en Atlanta, y ahí esa corte federal pudiera revertirse esta decisión y determinar que el I-220A es un parole”.
Si una corte federal ratifica la decisión de la corte de apelaciones, la única opción que les quedaría a los cubanos que tienen I-220A sería pedir el asilo político, señaló el abogado Guerrero.
“Es la única opción que tienen, cuando tú llegas a la frontera el único recurso que tienes es pedir asilo porque no puedes pedir ajuste cubano, pues no has entrado, no tienes un año y no tienes parole”, dijo el abogado.
Sobre a quienes ya se les ha otorgado la residencia después de que se les dio una I-220A, el experto señaló que como se trata de un caso específico, todavía no se sabe cómo el Servicio de Inmigración va a aplicar la decisión, que además todavía no es final.
“La gente que ya le dieron una residencia por el I-220 A tienen que estar atentos a ver qué va a pasar más adelante”, dijo el abogado.
Cerca de 200,000 cubanos están en los Estados Unidos con una I-220 A esperando una decisión sobre su caso.



