Houston.- Luego de la publicación de un comunicado del USCIS que generó confusión sobre el ajuste de estatus migratorio a través de la Green Card, el asesor jurídico de TelevisaUnivision, Armando Olmedo, ofreció una aclaración del contenido real del memorándum y de lo que ha circulado en redes sociales.
Green card y ajuste de estatus: "comunicado alarmista y amarillista”’ de USCIS
Tras el comunicado de USCIS que generó dudas sobre el ajuste de estatus migratorio y la posibilidad de realizar el trámite fuera de EE.UU. mediante procesamiento consular, el asesor jurídico de TelevisaUnivision, Armando Olmedo, aclaró el contenido del memorándum oficial.
En días recientes se difundió la idea de que los extranjeros que soliciten una green card podrían verse obligados a salir de Estados Unidos para tramitar su residencia mediante procesamiento consular. El memorandum dice: “El servicio de ciudadania e inmigración de Estados Unidos otorgará ajuste de estatus solo en circunstancias extraordinarias”.
Sin embargo, de acuerdo con el análisis del abogado, esa interpretación proviene más del comunicado de prensa que del memorándum oficial, el cual según explicó ha sido presentado de forma “alarmista y amarillista”.
Olmedo subrayó que el memorándum no modifica la ley migratoria vigente ni establece un cambio automático en los procedimientos.
El ajuste de estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad es un beneficio de carácter discrecional, lo que significa que los oficiales de inmigración tienen la facultad de otorgarlo o negarlo caso por caso.
“Más que enfocarnos en el comunicado de prensa del Servicio de Inmigración, que considero alarmista, debemos atender directamente al memorándum publicado la noche del día 21. Ese documento no establece la eliminación del ajuste de estatus ni ordena su negación. Lo que hace, en realidad, es recordar a los oficiales de inmigración que cuentan con facultades discrecionales para otorgarlo o negarlo caso por caso” dijo a el experto a N+Univision 45.
“En otras palabras, no se está instruyendo que no se conceda el beneficio, sino reiterando que existe un análisis individual. Y esa discrecionalidad se determina a partir de la evaluación integral del expediente del solicitante.”
El abogado también explicó que las autoridades consideran la totalidad de las circunstancias del solicitante, evaluando tanto factores negativos como positivos. Entre los aspectos desfavorables se incluyen posibles violaciones a los términos de la visa, historial migratorio irregular o incumplimientos previos del estatus.
Por otro lado, también se valoran elementos como los lazos familiares, la estabilidad en Estados Unidos y el carácter moral del solicitante.
Desde el punto de vista legal, Olmedo añadió que este tipo de memorandos no implican un cambio en la ley migratoria, ya que la normativa está establecida en la sección 245 y cualquier modificación sustancial requeriría un proceso legislativo en el Congreso.
Cabe destacar que en caso de intentarse un cambio real en la aplicación de la ley, este probablemente enfrentaría múltiples demandas legales en distintas cortes del país.
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