Si hay algo por lo que los derechos son vulnerados en cualquiera de las áreas de la vida humana es porque las personas desconocen la información sobre ellos. Por eso iMujer se dio a la tarea de averiguar con una experta sobre aquellos derechos en salud que los colombianos tienen y quizá no conocen. Hoy te contaremos sobre ellos. ¡Presta atención!
5 derechos en salud que los colombianos no conocen


¿A qué tienes derecho en salud?
Nos dimos a la tarea de averiguar sobre aquellos derechos en salud que los colombianos tienen y no conocen, para ello consultamos a Laura Milena Ramírez, Abogada, Especialista en Derecho Laboral de la organización Pacientes Colombia, movimiento social que agrupa a 146 organizaciones, que a su vez trabajan de la mano para incidir en la generación de políticas en salud para beneficiar a los usuarios del país.
Derecho # 1 - A elegir

“Los colombianos tienen derecho a elegir libremente la Entidad Prestadora de Servicio (EPS)- a la cual se quieren afiliar, a elegir la (Instituto Prestador de Servicio) IPS, y los profesionales de salud que quieren que los atiendan dentro de la red de prestadores que tiene la EPS, por eso antes de afiliarse a la EPS, consulte”, dice Ramírez.
Derecho # 2 - A conocer los derechos

“Todas las personas tienen derecho a recibir por parte de la EPS la cartilla de derechos y deberes del paciente y los centros de atención donde pueden ser atendidas y donde también reciben las sugerencias, quejas o reclamos que tengan los pacientes referentes a los servicios de salud”, afirma la abogada.
Derecho # 3 - A recibir atención oportuna

“Existe el derecho a recibir atención en salud sin que le impongan trámites administrativos, no se les debe exigir fotocopias de cédula ni de tutelas, con excepción de los casos en los que se presentan accidentes de tránsito en los que interfiere el SOAT”, dice la experta.
Derecho # 4 – A la acción de tutela

“Todos tenemos derechos a acudir al mecanismo de protección consagrado en la Constitución Política en el art. 86 Acción de Tutela, para exigir una sentencia en lo que respecta a la atención y servicios de salud que cada uno necesita, cuando este derecho ha sido vulnerado. Debemos tener en cuenta que la salud es un derecho fundamental, que debe ser protegido por todos los actores del sistema de salud y buscar que el paciente lo reciba con calidad, oportunidad y dignidad. La tutela debe ser fallada en un plazo no superior a 10 días”, expresa la abogada, especialista en Derecho Laboral.
Derecho # 5 – Al cumplimiento de la tutela

“Cuando la Acción de Tutela no se cumple, todos tenemos derecho a acudir al Incidente de Desacato, para solicitarle al mismo Juez que concedió la tutela que ordene su cumplimiento y al paciente se le entregue todo lo que necesita. Antes el Desacato no tenía término, por lo que podrían pasar meses sin que se tuviera una respuesta por parte del Juez, pero gracias a la Sentencia C 367 de 2014, la Corte Constitucional ordena que el Incidente de Desacato sea resuelto en el mismo tiempo que la Tutela, es decir 10 días”, asegura experta de Pacientes Colombia.
¿Conocías estos derechos en salud? ¿Has sentido vulnerado alguno de tus derechos? Cuéntanos.








