Autodeportación vs. salida voluntaria: ¿En qué se diferencian y cuáles son las condiciones?

Ante la avalancha de deportaciones masivas anunciadas por la administración Trump, N+Univision consulta con una abogada experta en inmigración sobre los matices legales entre ambas fórmulas y cuál da más garantías. Esto debes saber.

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En las últimas semanas crecen las denuncias de familias que esperan que sus seres queridos, en custodia de ICE y con la remoción ya en firme, sean llevados a vuelos de deportación.

En estados como Louisiana se han creado verdaderos cuellos de botella en varios centros de detención. En el caso de los inmigrantes venezolanos, las familias reclaman que dos vuelos semanales no son suficientes y que algunas personas llevan meses esperando poder salir del país.

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Y aquí hay que hacer una distinción importante. Algunos inmigrantes firmaron su autodeportación y otros intentaron pedir su salida voluntaria, ¿qué implican ambos procedimientos? ¿En qué se diferencian?

Salida voluntaria

La salida voluntaria es una figura legal que permite salir de los EEUU sin una orden de deportación, lo que según recoge la web del DHS permite evitar algunos de los efectos negativos de la deportación.

De hecho, en la propia web de la agencia federal remarcan que tener una orden de deportación en el expediente de migración podría conllevar la prohibición de reingresar al país en un plazo de hasta diez años, así como dificultar la obtención de visados a futuro.

La salida voluntaria, no obstante, implica que la persona que la solicite renuncie a las solicitudes de asilo que pudiera tener vigentes.

Para pedir la salida voluntaria es requisito indispensable tener una audiencia con un juez. Si el juez la concede, le dará al solicitante una fecha de salida del país y puede que imponga el pago de una fianza.

Autodeportación / CBP Home

La autodeportación es una de las medidas estrella de la segunda administración Trump. Implementaron una aplicación para que la persona pueda rellenar un formulario para acogerse a salir del país.

En la propia web del DHS indican que CBP Home se creó para que "reciban viaje libre de costo, condonación de cualquier multa pendiente por presencia ilegal y un bono de salida de $3,000 para facilitar su viaje de regreso a su país de origen u otro país en el que tengan estatus legal".

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Y aseguran que "permite a los extranjeros elegibles regresar a su hogar como viajeros regulares – sin arrestos, detenciones o restricciones. Es una alternativa segura y ordenada que brinda asistencia y flexibilidad, no miedo".

En este caso, en el expediente migratorio sí constaría una orden de deportación o remoción.

¿Qué opina la abogada experta en inmigración?

Consultamos con la abogada experta en inmigración Lorena Vargas Hernández sobre qué implicaciones tiene cada caso y la letrada advierte de que no se puede generalizar y que hay que revisar los condicionantes caso por caso.

"Si la persona no tiene un caso de asilo sólido detrás, no vale la pena pelear para quedarse allí esperando. Mi consejo es que pida una salida voluntaria con un juez de inmigración. Debe pedir ver a un juez para solicitarle una salida voluntaria, que en este caso permite que sean los familiares quienes se hagan cargo de comprar el pasaje y costeen así el volver a su país", recomienda Vargas.

Asume que se encuentra muchos casos en los que la persona ya está en custodia de ICE y ya firmó una orden de autodeportación.

"Si ya firmaron a ICE su autodeportación en ese caso tienen que esperar. Ahí quedan a la espera en el centro de detención hasta que se programe el vuelo. Cuando ya han firmado la autodeportación es importante subrayar que no les dan la posibilidad de comprarse un vuelo, sino que tienen que esperar", recalca la abogada.

"En este caso también estamos alzando la voz porque tenemos casos documentados en los que están cometiendo todo tipo de atrocidades como subirlos a un avión y luego bajarlos y dejarlos en una espera que se prolonga, hemos visto varias violaciones de derechos humanos", denuncia Vargas.

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"Mi consejo en la gran mayoría de los casos es que no cedan a firmar su autodeportación para que puedan pedir a un juez la salida voluntaria. Cuando van a ver al juez se hace una moción para que la persona pueda pedir esa salida voluntaria del país y le dice que los familiares pueden costear el precio del billete del avión. Entonces, en la resolución si el juez otorga esa salida voluntaria ya la familia puede comprar el billete e incluso el juez le puede hacer un salvoconducto si no tiene pasaporte", apunta la abogada.

Cuenta Lorena Vargas que recibe cientos de consultas al respecto en su oficina legal y que advierte de los riesgos de firmar la autodeportación.

"En la web dicen que no será prioridad para la detención por ICE, pero eso no exime de que puedan ser detenidos. Estoy viendo muchos casos en los que rellenar la aplicación les pone en el radar de ICE", advierte la abogada.

"Pongamos un venezolano al que se le ha acabado el TPS que ya quiere salir del país porque no quiere estar expuesto a ser arrestado y ser llevado a un centro de detención. Habría que ver caso por caso, pero una fórmula que les recomendé el otro día a unas personas de edad es que se compren su billete de avión para regresar y solo tres o cuatro días antes rellenen la autodeportación en CBP Home. De esa manera, ya hay menos probabilidades de que ICE les detenga porque ya ven en firme que va a salir del país y se les puede hacer un salvoconducto incluso a quienes no tengan pasaporte o documento", recomendó.

La abogada insistió en que no se puede establecer un criterio generalizado y recomienda consultar cada caso con un profesional para poder brindar el asesoramiento adecuado.

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