MIAMI, Florida.- A partir del 1 de octubre, Florida aplicará nuevos requisitos para las personas que quieran registrar un vehículo a su nombre. La nueva ley establece qué documentos podrán utilizar los solicitantes para acreditar su identidad y también modifica las reglas relacionadas con el domicilio que debe aparecer en la solicitud.
Florida cambia requisitos para registrar autos: esto deberán presentar los inmigrantes
Desde el 1 de octubre, Florida establece únicamente tres alternativas de documentos para registrar un vehículo a nombre de una persona.

El cambio forma parte del proyecto SB 488, una amplia legislación de transporte que fue aprobada por la Legislatura de Florida y firmada por el gobernador, Ron DeSantis. La medida se convirtió en la Ley de Florida 2026-39 y entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
Para los inmigrantes, uno de los puntos centrales está en la documentación que deberán presentar ante el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida, conocido como FLHSMV.
La nueva ley establece que una persona que solicite el registro de un vehículo deberá presentar una prueba de domicilio que resulte satisfactoria para el departamento y, además, uno de tres documentos o combinaciones de documentos.
La primera opción es una licencia de conducir o tarjeta de identificación válida que cumpla con los requisitos de REAL ID y que haya sido emitida por Florida o por otro estado.
La segunda es un pasaporte de Estados Unidos válido y vigente.
La tercera opción está dirigida expresamente a quienes tienen documentos de otro país: un pasaporte extranjero válido y vigente acompañado de un Formulario I-94 vigente emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos.
Esto significa que tener un pasaporte extranjero no será suficiente por sí solo para utilizar esa tercera alternativa. El texto exige también que el I-94 esté vigente.
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¿Qué pasa con los inmigrantes que no tienen REAL ID?
La situación dependerá de los documentos que tenga cada persona. Un inmigrante que tenga una REAL ID válida podrá utilizarla para cumplir con este requisito, sin necesidad de utilizar el pasaporte extranjero y el I-94 como segunda vía.
Quien no tenga una REAL ID, pero tenga un pasaporte extranjero vigente y un I-94 vigente, también aparece expresamente contemplado por la ley.
El problema se presenta para quienes no cuentan con ninguna de esas alternativas. El texto aprobado no establece una cuarta opción basada únicamente en un pasaporte extranjero, una identificación consular u otro documento de identidad extranjero.
Por eso, una persona que no tenga una REAL ID válida, un pasaporte estadounidense o un pasaporte extranjero vigente acompañado de un I-94 vigente no aparece entre las alternativas documentales establecidas por la nueva disposición para una solicitud individual.
Esto es relevante para inmigrantes cuya situación migratoria no les permite obtener una credencial que cumpla con los requisitos de REAL ID y que tampoco cuentan con un I-94 vigente.
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El cambio sobre la dirección también importa
SB 488 modifica otra parte de las reglas de registro que puede afectar a algunos inmigrantes. La ley establece que la solicitud debe incluir la dirección de la residencia permanente del propietario en Florida o la dirección de su lugar permanente de negocios en el estado.
La versión anterior de la legislación permitía una alternativa para determinados propietarios que no tenían una residencia o lugar permanente de negocios identificable mediante una dirección. En el caso de un vehículo registrado a nombre de una persona, esa disposición permitía proporcionar el nombre y la dirección de un familiar cercano o amigo que fuera residente de Florida.
Esa alternativa fue eliminada del texto final. La propia revisión legislativa de SB 488 explica que el proyecto elimina la autorización vigente para que un propietario sin domicilio permanente o lugar permanente de negocios en Florida pudiera registrar un vehículo bajo determinadas condiciones.
Por lo tanto, desde el 1 de octubre no solamente será importante qué documento de identidad o presencia legal presenta el solicitante. También deberá cumplir con el requisito de proporcionar una dirección de Florida que corresponda a las condiciones establecidas por la ley.
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¿Es un requisito completamente nuevo?
FLHSMV ya había adoptado en agosto de 2024 la regla administrativa 15C-1.015, específicamente para determinar qué documentos podían utilizarse para demostrar que un pasaporte era válido al registrar un vehículo.
Esa regla ya contemplaba un pasaporte extranjero vigente acompañado de un I-94 vigente. También contemplaba otras formas de demostrar la validez del pasaporte extranjero, entre ellas determinadas anotaciones del Departamento de Seguridad Nacional, una tarjeta de residente permanente vigente o una visa de inmigrante vigente.
La diferencia es que SB 488 lleva al texto de la ley estatal una lista específica de documentos para el solicitante individual y, al mismo tiempo, modifica las reglas sobre el domicilio permanente.
La ley fue aprobada por el Senado de Florida por 36 votos contra cero después de que la Cámara de Representantes la aprobara por 108 votos contra uno. El gobernador la aprobó el 21 de abril de 2026 y la medida quedó registrada como Ley de Florida 2026-39. Su fecha de entrada en vigor es el 1 de octubre de 2026.












