A partir del 1 de noviembre empleadores de NY tendrán que publicar salarios de puestos que ofrecen

A partir de este martes, los empleadores de Nueva York están obligados a incluir el salario ofrecido en las vacantes que postulan, así como en las promociones internas.

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A partir de hoy, la mayoría de los empleadores de la ciudad de Nueva York están obligados a incluir el rango salarial en todos los anuncios de trabajo publicados, así como en las promociones y oportunidades de transferencia.

La ley entró en vigor el 1 de noviembre y busca la transparencia salarial para cerrar las brechas que existen en los pagos y evitar la discriminación o el pago diferenciado por género.

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Todas las empresas que tienen cuatro o más empleados deben acatar las nuevas disposiciones.

"Los empleadores que anuncien puestos de trabajo en la ciudad de Nueva York deben incluir un rango salarial de buena fe para cada puesto, promoción y oportunidad de transferencia anunciada", señala la legislación.

Las empresas deberán publicar el salario mínimo y máximo que se ofrece para un puesto en particular cuando aparece en una bolsa de trabajo interna, así como en sitios externos como LinkedIn y otras plataformas, anuncios clasificados y volantes.

“Los empleadores deben incluir un salario mínimo y máximo; el rango no puede ser abierto. Por ejemplo,’$15 por hora y más’ o ‘máximo $50,000 por año’”, explica la ciudad en un comunicado.

Si el puesto tiene un salario fijo, se debe expresar de manera clara por ejemplo “$20 por hora”.

Las agencias de empleo también están incluidas dentro de esta legislación.

¿Qué información debe incluirse y cuál no en los avisos de trabajo?

El empleador debe indicar el salario mínimo y máximo que, al momento de la publicación, esté dispuesto a pagar por el puesto.

El sueldo debe incluir un salario en base anual o por hora, independientemente de la frecuencia de pago.

El sueldo no incluye otras formas de compensaciones o prestaciones que se ofrecen relativas al puesto, tales como:

• Seguros de salud, de vida o cualquier otro seguro proporcionado por el empleador.

• Días libres pagos o no pagos, como licencia por enfermedad o vacaciones, licencias o periodos sabáticos.

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• Fondos de retiro o fondos de ahorro, como los planes de retiro 401(k) o planes de jubilación pagados por el empleador.

• Si habrá indemnización por despido.

• Pago de horas extras.

• Otras formas de compensación, como comisiones, propinas, bonos, acciones o el valor de alimentos o alojamiento proporcionado por el empleador

¿Cómo denunciar un caso de discriminación?


Si una empresa no cumple con la ley, los solicitantes de empleo y los trabajadores pueden presentar denuncias o dejar un aviso anónimo en la Comisión de Derechos Humanos de la ciudad , que puede iniciar una investigación.

Puede llamar también al teléfono (212) 416-0197.

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