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En la comunidad . Comienza ya .
Hola. Qué tal?
Les saluda javier romero y como de costumbre, oiga, gracias . Muchísimas gracias por permitirnos entrar a sus hogares .
Hablemos de inmigración como parte de las nuevas tarifas incluidas en la ley fiscal . Hr1 , conocida como big beautiful build .
Las personas que tienen un caso de inmigración o uscis deberán pagar una tarifa de 100 $. Esta medida a generado mucha confusión y precisamente para aclarar algunos puntos y conversar sobre otros temas relacionados con inmigración, le damos la bienvenida a la abogada claudia cañizares, abogada , bienvenida.
Qué bueno verla. Gracias.
Gracias por invitarme. Abogada .
Abogada. Esta nueva medida está causando mucha, mucha confusión .
Pudiera explicar los puntos. Quizás más importantes.
El uno es determinar dónde tú tienes tu aplicación pendiente con usted o con la corte de inmigración. Porque de ahí te vamos a dar las instrucciones que tienes que seguir.
Si tienes usas y usted presentó esta aplicación después de octubre primero del 20 24, tienes que pagar el fee inicial de los 100 $ y tienes que pagar el fee anual de los 100 $. Si tu aplicación ya lleva pendiente más de un año.
Es decir, si usted aplicó en septiembre del 2023, ya tu obligación lleva pendiente dos años. Tienes que pagar este fee anual de 100 $ por primera vez.
Ahora en este año fiscal ya el link para hacer este pago está disponible en la página de uscis. Ahora abogada y se está demorando tanto esto de que hay personas que llevan años esperando la cuestión del asilo.
Sí, lleva mucho tiempo esperando la cuestión del asilo ya creado. Mucha confusión, porque también tenemos las personas que están en corte y la corte de inmigración ha interpretado quién tiene que hacer el pago de manera diferente.
La corte de inmigración está diciendo que tienes que hacer el pago. Si ya tienes la aplicación pendiente.
Más de un año, tienes que pagar la suma anual de los 100 $. Y si tienes una aplicación de asilo pendiente con la corte de inmigración, también tienes que pagar el fee inicial y se diferencia de lo que realmente está escrito.
Y hay cierta disputa que creo que va a terminar en las cortes de cómo se va a interpretar esta regla. Pero el consejo que yo le estoy es paga el fin.
Y paga el fee anual y mira a ver cómo tu juez está interpretando , porque cada juez lo está . Hay jueces que lo están interpretando diferente y a generado bastante polémica.
Y me imagino que cada caso en particular es muy distinto . De acuerdo al tiempo o cómo está el caso en este momento.
Cómo está el caso en este momento. Si tienes el caso en apelación, tienes que pagar fi de los 100 $.
Si tienes el caso cerrado de manera aplicación de asilo puesta, también tienes que pagar el fee de los 100 $. Así que definitivamente esto es algo que tienes que consultar con tu abogado para que te diga qué es lo que vas a tener que hacer.
Un poco confuso , abogada , definitivamente. Bueno, los 100 $ solo los debe pagar el solicitante principal.
Y no cada persona en la misma aplicación. Cierto.
Muy buena pregunta. Solo lo tienen que pagar el solicitante principal .
Es decir, si usted es casado y tiene tres hijos, no tienen que pagar las cinco personas, solo los . O sea, no serían 500, serían 100 $.
Solo serían 200 $ ahora. Y cómo se debe realizar el pago , abogada?
Si tienes la aplicación pendiente con uscis, vas a entrar en el website de uscis y ahí vas a hacer el pago. Vas a necesitar tu número de alien y el recibo.
El número de recibo de la aplicación del asilo. Si tienes el pago pendiente con la disculpa, si tienes el caso pendiente con la corte de inmigración , tienes que hacer el pago en el portal de y o ir .
Esperemos que pronto pongan la habilidad de pagar la suma anual porque hasta ahora solamente tenían el pago de hacer el pago. Inicial de los 100 $, pero no habían habilitado la suma anual y le estoy recomendando sobre todo a las personas que tienen corte las próxima semanas o en los próximos meses.
Mira, haz el pago inicial para que cumplas con el deber de pagar tu suma anual para que tu juez no te vaya a cerrar tu caso de ahora. Y qué se debe hacer después del pago ?
También muy importante. Tienen que guardar el recibo, el recibo solo te lo dan en el momento, si no guardas el recibo no vas a tener evidencia de que hiciste el pago y tienes que volverlo a hacer para tener ese recibo con usted.
Así que por favor guarde el recibo inmediatamente le den el número. Puede tomar un screenshot, pero bájelo y guárdelo en su computadora.
Incluso en tu teléfono lo puedes bajar. Ahora.
Abogada , si este pago no se realiza, la persona corre el riesgo de perder su caso de asilo . Desafortunadamente, si los jueces de inmigración pueden cerrarte tu aplicación por falta de pago y decirte que no cumpliste con el deber de hacer el pago y por lo tanto te pueden cerrar la aplicación.
Hay jueces que son más estrictos que otros, hay jueces que están mandando órdenes, tienes que hacer el pago antes de esta fecha. Hay jueces que pudieran cerrarte el caso sin darte una notificación.
Bueno, abogada, ya que estamos hablando de de cambios , la verdad este mes pues bien, en ciertas modificaciones importantes en el examen de ciudadanía, que deben saber los solicitantes en relación a esto . Tenemos a octubre 27 para aplicar a la ciudadanía y hacer el examen.
Actual . Todas las aplicaciones que sean que reciba uscis después de octubre 28 en adelante van a ser el examen nuevo .
Este examen nuevo incluye. 28 preguntas nuevas.
28 preguntas más difíciles. Preguntas abiertas que piden más información con referencia a la historia y a la organización cívica del país.
También van a ser más estrictos con el inglés, así que por favor , actúen. Si pueden presentar la aplicación antes de octubre 27.
O sea que es un examen mucho más conversacional. Si más difícil.
Bueno abogada , recientemente se dio a conocer que se reabrirá las solicitudes del programa daca. El cual había sido bloqueado.
Qué sabe usted sobre esto , abogada? Estas son muy buenas noticias , sobre todo en estos tiempos tan difíciles de inmigración .
Se van a empezar a aceptar aplicaciones de daca. Estamos esperando que se publique .
Cómo lo van a hacer, pero si usted calificaba para daca original en el año 2012 y nunca llegaste a aplicar, pues ahora lo vas a poder hacer por primera vez. Les quiero recordar por arribita los requisitos.
Tienes que haber entrado antes de tener 16 años, tienes que haber estado presente aquí en el país. Creo que era en noviembre del año 2007.
Tienes que haber estudiado aquí en los estados unidos y haberte graduado de high school para poder aplicar para daca y obviamente no tener ningún tipo de récord criminal , si no llegaste a aplicar por alguna razón en en los tiempos que tuvimos daca disponible, pues ahora lo van a poder hacer por primera vez, excepto las personas que vivan en texas . Gracias abogada.
La abogada claudia cañizares con nosotros vamos a vamos a hacer una breve pausa, pero enseguida un doctor explicará cómo prevenir las enfermedades respiratorias. Estamos en cambio de estación