SACRAMENTO, California. – La temporada de impuestos está en marcha y si el Servicio de Impuestos Internos (IRS) te envió un Aviso para solicitarte información adicional sobre tu declaración por algún problema, debes saber que ahora los contribuyentes pueden enviar sus documentos en línea.
¿Te llegó un Aviso del IRS por problemas con tu declaración de impuestos? Ya puedes contestar en línea en California
Los contribuyentes que reciban ciertos Avisos del IRS en los que les pidan información adicional, ya pueden contestar en línea y ahorrar tiempo en la revisión de su declaración: te explicamos en qué casos es posible.

El IRS especificó que, a partir de este año, las respuestas a nueve tipos de Avisos de información ya pueden resolverse en línea.
Hasta el año pasado, los contribuyentes debían enviar sus documentos por correo cuando recibían un aviso del IRS, lo que alargaba la revisión de sus declaraciones y el envío de sus reembolsos.
Por qué el IRS envía Avisos para pedir información
Hay varios motivos por lo que un contribuyente puede recibir una carta o un Aviso del IRS
- Tienes un saldo pendiente
- Se te debe un reembolso mayor o menor
- El IRS tiene dudas sobre tu declaración de impuestos
- El IRS necesita verificar tu identidad
- El IRS necesita información adicional
- El IRS hizo modificaciones a tu declaración
- El IRS necesita notificarte sobre retrasos en la revisión de tu declaración
Quiénes podrán dar respuesta en línea a los Avisos del IRS
De acuerdo con el IRS los Avisos que ahora pueden contestarse en línea beneficiarán a más de medio millón de contribuyentes.
Según los criterios del IRS, los contribuyentes que se benefician con la opción de responder en línea son:
- Contribuyentes individuales
- Contribuyentes que reclamaron un Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo
- Contribuyentes que reclamaron un Crédito Tributario por Hijos
- Contribuyentes que reclamaron un Crédito Tributario de Prima (cobertura médica)
- Miembros del ejército en zonas de combate
Qué Avisos del IRS se pueden responder en línea
De acuerdo con la lista publicada por el IRS, son nueve los Avisos para los que los contribuyentes pueden dar una respuesta en línea.
- CP04, para contribuyentes en zonas de combate
- CP05A, solicitud de información relacionada con un reembolso
- CP06 y CP06A, información relacionada con el Crédito Tributario de Prima
- CP08, información relacionada con el Crédito Tributario por Hijos
- CP09, información relacionada con el Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC)
- CP75, relacionado con el EITC
- CP75A, relacionado con el EITC
- CP75D, relacionado con el EITC y otros créditos
Cómo subir los documentos en línea para contestar Avisos del IRS
El IRS creó una herramienta de uso gratuito para que los contribuyentes en estas situaciones suban sus documentos en línea.
Para asegurarte que puedes enviar tu respuesta en línea, en el Aviso del IRS se especificará "envíe sus documentos mediante el uso de la herramienta de carga de documentación”.
Para hacerlo debes:
- Ve a IRS.gov en cualquier navegador
- Ingresa tu código único, nombre y apellido
- Ingresa tu Número de Seguro Social, ITIN o de Identificación de Empleador
Tendrás 30 días para responder el Aviso del IRS y pude enviar:
- Documentos
- Fotos
- Copias digitales de documentos
De acuerdo con el IRS podrás cargar archivos de hasta 15 MB por cada uno y un máximo de 120 documentos.















