Colaborar con el gobierno de Estados Unidos en casos criminales ya no evita ser detenido, llevado a un centro de detención y deportado a un tercer país donde nadie te conoce. Esa es la realidad que vive un testigo protegido de nacionalidad mexicana, quien fue arrestado durante una revisión rutinaria en instalaciones del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE).
De informante del DOJ a deportado: jueza ordena su regreso inmediato a Estados Unidos por riesgo en México
Un testigo protegido fue un informante de la justicia de Estados Unidos contra cárteles mexicanos, pero eso no evitó que el ICE lo detuviera y lo deportara a pesar del riesgo de ser agredido físicamente por los grupos criminales a los cuales delató. Al analizar el caso, un juez ordenó su regreso al país.
Su caso, incluido en un Tribunal de Distrito para el Distrito de Maryland, se remonta a julio de 2024, cuando un juez de inmigración le concedió un aplazamiento de expulsión bajo la Convención Contra la Tortura (CAT) al determinar posibles agresiones físicas en su contra por parte de autoridades u organizaciones criminales en México. El motivo no era para menos; él fue informante del Departamento de Justicia (DOJ) y delator de distintos integrantes de cárteles mexicanos.
Cuatro meses después de obtener el aplazamiento de expulsión por el juez de migración, el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas lo dejó en libertad bajo una Orden de Supervisión (OSUP) en Maryland donde, según el documento, cumplió con lo ordenado por las autoridades.
Pero todo cambió en enero de 2026, cuando acudió a una revisión de “rutina” del ICE. Al ingresar, fue arrestado y trasladado a un centro de detención en Luisiana, donde estuvo seis meses.
La deportación a Guatemala
El 10 de julio de 2026 fue trasladado al aeropuerto y abordó un vuelo con destino a Guatemala. Para su fortuna, el gobierno le negó la entrada al argumentar que solo aceptaba ciudadanos guatemaltecos. A partir de ese momento inició un trajinar al ser llevado ante autoridades consulares de México, quienes tampoco lo aceptaron y lo regresaron a territorio estadounidense.
Al llegar a Norteamérica, estuvo incomunicado y fue trasladado a distintas celdas temporales de detención y al aeropuerto en Texas. El 15 de julio de 2026 su defensa presentó una Orden de Restricción Temporal (TRO) en la cual solicitaba la liberación inmediata o la concesión de una orden judicial para prohibir su expulsión de los Estados Unidos.
La petición no evitó su expulsión ese mismo día o 24 horas después. Fue deportado a México, su país natal. Las autoridades migratorias no lo aceptaron y lo volvieron a regresar. De vuelta en Estados Unidos, le entregaron una Terminación del Aplazamiento de Expulsión, en la cual México aseguró al Departamento de Estado que no sería torturado si era regresado a territorio mexicano.
“El Director Interino de ICE, David Venturella, y el Secretario de Estado, Marco Rubio, habían consultado y determinado que dichas garantías eran confiables. Esta notificación, firmada por el director interino Venturella, no proporcionó ninguna otra información o detalle sobre las garantías diplomáticas ni sobre el proceso seguido”, menciona uno de los documentos judiciales consultados por N+ Univisión.
El 23 de julio de 2026, el gobierno presentó una respuesta en Luisiana donde admitió la expulsión de Doe a Guatemala y omitió informar la terminación previa de su aplazamiento CAT. Durante la detención, los abogados tuvieron dificultades de comunicación con su cliente debido a sus constantes traslados. Tras la denegación de la moción el 30 de julio de 2026, volvió a ser llevado a México el 1 de agosto de 2026 sin sus pertenencias, lugar donde permanece oculto.
Al analizar el caso, la jueza Stephanie A. Gallagher del Tribunal de Distrito para el Distrito de Maryland escribió un memorándum, en el cual ordena a distintas autoridades de Estados Unidos, regresarlo de inmediato a Estados Unidos y garantizar medidas para su protección y comunicación con su defensa.
“El Tribunal concede la moción y ordena que los demandados tomen medidas para facilitar el regreso a los Estados Unidos. El Tribunal ordena además que, una vez en los Estados Unidos, si va a ser detenido, sea recluido en un radio de 200 millas de este Tribunal en Baltimore, Maryland, y tenga un acceso razonable a sus abogados a través de reuniones presenciales o virtuales”.
La decisión de la jueza
La jueza argumentó que tomó la decisión al mencionar que el tribunal sí tiene jurisdicción sobre las reclamaciones de debido proceso del demandante, ya que los estatutos de inmigración presentados por el gobierno no excluyen la revisión judicial de cuestiones constitucionales y de puras cuestiones de ley cuando no existe otro expediente administrativo previo.
También consideró que las autoridades violaron las garantías mínimas al revocar el aplazamiento CAT de forma sumaria, sin otorgarle al demandante una notificación comprensible, sin darle oportunidad de ser oído ni presentar pruebas, y aplicando un procedimiento deficiente similar a un caso examinado anteriormente.
Uno de los puntos más relevantes que consideró la jueza es que existe un peligro inminente y grave para la vida e integridad física del informante, y que el interés público en evitar expulsiones erróneas, especialmente de personas que cooperaron con la ley, es más importante que las cargas mínimas que el gobierno debe asumir para cumplir con sus obligaciones constitucionales y asegurar el debido proceso.







