Extienden el cierre parcial de la frontera con México hasta febrero por el coronavirus
Este cierre parcial seguirá en efecto hasta el 21 de febrero 2021, según autoridades fronterizas. Aún hay actividades permitidas entre ambos países, aquí te explicamos cuáles son.
Se extiende el cierre parcial de la frontera por 30 días más.
Justin Sullivan/Getty Images
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Tanto el gobierno de Estados Unidos y el de México acordaron extender el cierre parcial de la frontera hasta el 21 de febrero del 2021.
Gabriela Arp
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“Debido al desarrollo de la propagación del Covid-19 y a que diversas entidades federativas se encuentran en color naranja del Semáforo Epidemiológico, México planteó a Estados Unidos la extensión, por un mes más, de las restricciones al tránsito terrestre no esencial en su frontera común”, reiteró
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en Twitter.
Getty Images
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Las restricciones se mantendrán en los mismos términos en que se han desarrollado desde su implementación, el pasado 21 de marzo.
Damià Bonmatí
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Las mercancías, el comercio y los trabajadores de la salud continuarán cruzando ambas fronteras.
Los más afectados serán los turistas y
solicitantes de asilo.
Univision Arizona
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Estos cierres han afectado la economía de trabajadores y negocios en ambos lados de la frontera, pero algunos emprendedores han encontrado nuevas formas para generar ganancias.
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La situación afecta más al lado mexicano quienes dicen ser más afectados con el cierre; ya que el ingreso a Nogales no tiene restricciones.
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Los servicios esenciales como los de alimentos, combustible, atención médica y medicina deben llegar a las personas en ambos lados de la frontera todos los días.
Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP)
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A través de su cuenta de twitter
CBP, autoridades fronterizas explican lo que significa los viajes esenciales para ingresar al país:
· Ciudadanos estadounidenses y residente permanentes que regresen hacia Estados Unidos.
· Individuos que viajan por
motivos médico (recibir tratamiento en EEUU).
· Individuos que viajan por
motivos de asistencia a instituciones
educacionales.
· Individuos que viajan por
motivos de trabajo.
· Individuos que viajen por
motivos de trabajo esencial en los Estados Unidos.
· Viajes relacionados con
el comercio transfronterizo licito.
· Individuos en viaje oficial
del gobierno.
·
Miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos, sus conyugues e hijos e individuos que viajen
por motivos relacionados a las fuerzas armadas o sus operaciones.