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Recoró a los coches de payaso. Francisca: totalmente.
Vamos ahora a cambiar de tema. Vamos a empoderar a nuestra comunidad.
Saben que es nuestro compromiso. Esta bien claro todos los ías.
Para eso contamos con expertos que tienen todas las soluciones a los temas que quieren saber. Carlos: ustedes conocen a la recibó sus preguntas.
Aqí tiene sus respuestas. Abogada: gracias y muy buenos ías.
Como lo dijeron nuestros televidentes nos mandan su pregunta de inmigracón todos los ías. Esta mañana voy a contestar algunas de ellas.
Vamos con la primera. >> buenos ías, abogada.
Mi es, padres que son residentes, se pueden quedar en éxico ás de seis meses por miedo a la pandemia y de enfermarse o enfermar a su familiares? Abogada: bajo la leyes de inmigracón la persona que residente permanente legal no puede quedarse fuera del pís ás de un año, a menos que tengan un permiso especial de reingreso por parte del servicio de inmigracón.
De no ser aí un oficial de inmigracón cuando ellos traten considerar que tal vez la persona ha abandonado su estatus como residente permanente legal. Toda persona que se encuentran esa situacón admitiendo que abandoó su residencia.
Debe pedir la oportunidad de defender su caso como juez de inmigracón para que esta manera pueda comprobar que en realidad no abandoó su residencia, sino que contiúa teniendo enlace en el pís, pero debido a la emergencia se tuviera que quedar fuera del pís. En una situacón como la la pandemia muchas familias que, aunque son permanentes re legales, han tenido que quedarse fuera del pís por ás de seis meses.
Sigue el reingreso lo cuestionan lo que tienen que decir es explicar la situacón que fue por la pandemia. Esperemos que el oficial que analiza el caso no lo refiera con un juez de inmigracón.
Si llega a ser aí van a poder defender su caso, siempre y intencón no fue quedarse fuera del pís. Fueron las circunstancias que los obligaron a quedar fuera.
Tienen ás que suficiente residencia, al lugar donde ellos viven esá en estados unidos. Vamos con la póxima pregunta.
Cánto tiempo debe ser una persona residente permanente para poder aplicar a la ciudadaía? Abogada: el requisito es cinco legal o solamente tres si la persona esá casada con un ciudadano estadounidense y recibe y vive con esa persona por los pasados tres años.
De no ser aí tendán que esperar cinco años como residente. Las personas que esán sirviendo la fuerzas armadas o sirvieron a la fuerzas armadas por ás de un año no tienen que esperar cinco o tres años, despés de ese año pueden solicitar la ciudadaía de estados unidos.
Vuelvo con ustedes al estudio. Carlos: muchas gracias, abogada.
Francisca: aí lo vieron. Queremos ayudar a ustedes.
Aí esán las respuestas.