Los migrantes pueden continuar sus procesos migratorios aunque el cónyuge haya muerto, pero demostrando que hubo un matrimonio legítimo con un ciudadano estadounidense y que no se divorciaron, como explica la abogada Elizabeth Uribe. Aclara que la solicitud con el formulario I-360 no aplica en todos los casos y recomienda asesorarse con expertos.
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