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Su estado de salud y exigir su liberación. Y hablando de estos temas, puede ice entrar a una casa sin una orden judicial?
Esa es la pregunta que miles de familias están haciendo tras la filtración de un supuesto documento interno que ha desatado miedo y confusión . Con la ayuda de un abogado de inmigración, melissa nos explica qué es cierto, qué no y qué dice realmente la ley.
Fuimos directamente a un abogado. De inmigración para responder una por una, las preguntas que más preocupan a la comunidad.
Y la primera es esta puede ice entrar a mi casa sin una orden judicial? Pues la respuesta sigue siendo no.
No puede entrar legalmente a una vivienda sin una orden firmada por un juez. Aunque existe un documento interno, un memorando filtrado para que pueda entrar sin una orden judicial, tendrían que darse circunstancias muy excepcionales.
Escuchemos un ejemplo. Ellos están argumentando que una persona que tiene una orden de deportación es como si estuviera huyendo y hay una defensa de invasión de privacidad.
Cuando alguien, una agencia policiaca, está en persecución de alguien que va huyendo. Por ejemplo, si buscan a alguien de un coche y sale del coche corriendo a su casa, lo pueden corretear y taclearlo y tumbarlo adentro de su casa porque comenzó la acción de fuera.
Ahora si tocan a mi puerta y dicen que soy. Qué debo hacer?
Pues por el momento las reglas siguen igual. Si usted está dentro de su vivienda, no tiene por qué abrir la puerta a menos que el oficial le muestre una orden firmada por un juez, no por un oficial de inmigración, por un juez.
Y si ya entraron a mi casa, qué hago? Pues me resisto o me entrego?
Pues si usted ya está en esa situación, lo mejor es que no empeore la situación. Escuche, por qué no se puede ya oponer resistencia?
No sirve de nada. Eh, no, no sirve de nada esconderse debajo de la cama o huir por la cocina, porque los van a detener y les pueden poner cargos criminales si se resisten o si se pelea.
Bueno, y toda esta situación genera mucho miedo. Primero porque va en contravía de la 4.
A enmienda que protege las personas de los registros y entradas arbitrarias del gobierno en sus hogares sin una orden judicial. Y segundo, porque abre la puerta a que estas acciones se extiendan más allá de las personas con órdenes de deportación o con antecedentes criminales.
Porque bien sabemos que este gobierno no se ha enfocado únicamente en estos casos. Entonces, la pregunta es qué sigue y qué podemos esperar ahora?
Escuchemos. Esperamos litigio federal para frenar al gobierno que no abuse ni violen los derechos bajo la 4.
A enmienda constitucional de derecho a privacidad en el hogar. La recomendación sigue siendo que se asesore con un abogado.
Todos los casos son diferentes. Por ahora queda esperar a que se tumbe esta norma y que,