Niegan derecho a audiencias de fianza a inmigrantes con procedimientos de deportación: Abogado explica

“Resuelven que las personas que no son ciudadanas, que ingresaron a Estados Unidos irregularmente; es decir, sin pasar por una inspección migratoria, están sujetas a detención obligatoria, no tienen derecho a ninguna audiencia de fianza, independientemente del tiempo que lleven en el país o si son o no un peligro para la comunidad, ni los lazos que tengan con el país”.

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HOUSTON, Texas – Una decisión del Quinto Circuito de Apelaciones sobre la detención obligatoria e indefinida de inmigrantes en Texas, en Luisiana y Mississippi podría marcar una crisis humanitaria y legal sin precedentes.

Lo anterior, porque la medida impacta profundamente a los inmigrantes afectados, al negar el derecho al debido proceso y negar cualquier audiencia de fianza o evaluación individual.


En la resolución, adoptada por 10 votos a favor y siete en contra, el tribunal que tiene sede en Nueva Orleans determinó que las garantías del debido proceso –que se encuentran consagradas en la Quinta Enmienda de la Constitución—no exigen que los inmigrantes detenidos tengan derecho a audiencias en las que soliciten libertad bajo fianza.

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“Emiten la decisión en la que resuelven que las personas que no son ciudadanas, que ingresaron a Estados Unidos irregularmente; es decir, sin pasar por una inspección migratoria, están sujetas a detención obligatoria, no tienen derecho a ninguna audiencia de fianza, independientemente del tiempo que lleven en el país o si son o no un peligro para la comunidad, ni los lazos que tengan con el país”, resume el abogado de inmigración Raed González.

“Ahora hay un conflicto claro entre las Cortes del país. Depende del estado donde estés si hay fianza o no, y esto lo va a resolver eventualmente la Corte Suprema de Estados Unidos”, agrega el experto.


De este modo, será necesario esperar la decisión de la Suprema Corte de Justicia en la que podría haber alguna esperanza para los inmigrantes afectados por la reciente decisión.

Niegan derecho a audiencias de fianza a inmigrantes con procedimientos de deportación: Reacciones

En una publicación en X, Aaron Reitz, Fiscal de Estados Unidos para el Distrito Sur de Texas, expresó en su cuenta de X que la decisión del 5° Circuito “proporciona un alivio muy necesario -por ahora”.


En caso de mantenerse el fallo, se eliminaría una vía fundamental para que los inmigrantes detenidos en los tres estados mencionados, que están bajo jurisdicción del Quinto Circuito, puedan solicitar su puesta en libertad. Esto cobra particular importancia si la Corte Suprema determina que la práctica de detención de la administración se ajusta a la legislación en materia migratoria.

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Vale la pena recordar que este dictamen involucró a tres hombres que habían pasado entre 14 y 22 años viviendo en Estados Unidos, antes de que fueran detenidos en controles de tráfico por ICE.

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Se trata del mexicano Ignacio Sosnava Rodríguez, el también mexicano Alejandro Villegas Ángel y el hondureño Miguel Ángel Gómez Alvarado. Los tres presentaron recursos de habeas corpus, argumentando que mantenerlos detenidos sin audiencia de fianza vulneraba el debido proceso que garantiza la Quinta Enmienda.

Aunque los jueces de distrito les dieron la razón y ordenaron que fueran liberados, luego el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito concluyó que, como no fueron admitidos de manera legal en Estados Unidos, los tres estaban sujetos a detención obligatoria mientras se tramitaban sus procedimientos de expulsión.

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