Contralor archiva querella en contra del MVC y el Comité de Trabajadores Puertorriqueños (SPT)

A la Oficina del Contralor Electoral se sometió una querella contra del MVC y el Comité de Gastos Independientes del SPT, alegando que el sindicato financiaba la campaña política del partido.

La querella contra el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) por supuestas violaciones a la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas, al recibir donativos vedados por dicho estatuto, fue archivada.

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El contralor electoral Walter Vélez no encontró evidencia que apunte a la “realización de gastos coordinados, según la definición establecida en la Ley 222, entonces no es necesario analizar si hubo infracciones a los Artículo 5.001, 5.007 y 13.001 de la Ley 222”, según reportó NotiCel.

Y es que el licenciado Ángel García Prado presentó al contralor una querella contra el MVC y el Comité de Gastos Independientes del Sindicato Puertorriqueño de Trabajadores y Trabajadoras ( Comité SPT) alegando que el sindicato financiaba la campaña política del nuevo partido.

La querella establece que los gastos de campañas para la candidata a la gobernación por el MVC, Alexandra Lúgaro, y el candidato a alcalde de San Juan del mismo partido, Manuel Natal, son costeadas con las cuotas o aportaciones de los miembros del sindicato, quienes no habían sido consultados.

“Vistas prima facie las alegaciones de la Querella, la OCE examinó sus registros y corroboró que el Comité SPT se registró ante la OCE como un comité de gastos independientes creado por, y afiliado a, la organización laboral SPT. Igualmente, contrario a la alegación del querellante, surge de los expedientes de la OCE que el Comité SPT presentó ante la OCE el informe trimestral de ingresos y gastos correspondiente al trimestre de abril a junio de 2020, del cual se desprende un total de gastos ascendente a $100,000.00 por concepto de billboards, pagados a B Billboard NC, LLC, y $120,000 por concepto de anuncios, pagados a la agencia de publicidad Puerta Roja, LLC.”, indicó Vélez Martínez, reportó el diario digital.

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¿Qué dice la ley?

La Ley 222 prohíbe que una persona realice aportaciones directas o indirectas a un partido político, aspirante, candidato, comité de campaña, comité autorizado o a un comité de acción política en exceso de $2,600. También impone ciertas limitaciones a los comités de fondos segregados y comités de acción política.

No obstante, el contralor electoral no tiene bases para continuar con la querella.

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