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Presentador: en el mes de la concientizacón sobre la violencia doéstica, nuestra abogada nos explica sobre un programa que ampara las íctimas que han sufrido agresón y se encuentran en un proceso migratorio. La íctima podía seguir en el pís de manera legal y sin tener que permanecer al lado de su ónyuge.
Abogada, bienvenida a edicón digital new york. Vamos hablar de migracón y espeíficamente de la ley de proteccón contra la violencia de mujeres.
¿qé es esta ley? Abogada: es una ley que protege a íctimas de violencia doéstica, sean dentro de una relacón marital o extramarital.
La ley no se limita ólo a mujeres. Esta proteccón tambén se puede extender a hombres, a esposos o personas que esán en una relacón coún y esán siendo íctimas de violencia doéstica.
Presentador: quienes esén pasando por un caso de violencia doéstica, ¿ómo podían ser amparados por la ley? Abogada: esta ley permite la íctima de este tipo de violencia, y ojo que no ólo se limita a la violencia ísica.
A veces asociamos que la violencia debe ser ólo de este tipo, tambén se refiere a violencia emocional, psicoógica, que ciertamente es ás compleja y diícil de demostrar porque se requieren terapias y todo. Por ejemplo, estamos hablando de un esposo o esposa de un ciudadano americano...
Que puede buscar la residencia directamente bajo un proceso de esta ley. Es un formulario particular.
Si hablamos de personas indocumentadas que esán siendo abusadas por otras personas, sean indocumentadas o no, y no esán cansadas con estas personas, la proteccón viene a traés de una visa como íctimas de crimen que es la visa u. Presentador: es diícil llenar el formulario?
Abogada: no es diícil, lo que í requiere es la evidencia que acompaña la aplicacón. No se debe utilizar la ley de proteccón contra la violencia como mecanismo y responsable, pero debe hacerse