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Con ustedes. Muchísimas gracias.
Esperaremos las actualizaciones correspondientes. Bueno, pues sin lugar a dudas este caso nos recuerda lo que ocurrió también también con miguel parra.
Y para saber cuál es la política de deis al respecto, invitamos a nuestro asesor jurídico, armando olmedo. Muy buenos días.
Muy memorándum del 30 de septiembre, hoy se puede utilizar o no persecuciones vehiculares. Y en qué secciones se contempla esa política?
Que se publicó el manual, ellos actualizaron el 30 de septiembre su manual de operaciones de fugitivos. Y ese manual específicamente indica que persecuciones vehiculares en vez de perseguir el auto, el vehículo es tomar la información del vehículo para en un futuro entonces seguir una investigación y buscar otra manera de detener a la persona.
Bueno, en este caso, los agentes federales habrían encendido las luces de vehículos, pero sin identificación exterior. Entonces me pregunto.
Puede hacer una parada de tránsito en vehículos sin marcas oficiales? Actualización del manual muy claramente dice que ellos lo que tienen que hacer es prender las luces del carro oficial.
No menciona de que el carro tiene que estar con insignias o con información que indique la agencia de la cuales ese vehículo. Por lo tanto, con que hayan encendido las luces para llevar a cabo la posible parece ser suficiente.
Perfecto