CHICAGO, Illinois.- La Ordenanza sobre calefacción exige que durante los meses designados de clima frío los propietarios suministren calefacción a los apartamentos donde los ocupantes no tienen control individual del calor (equipo de calefacción individual).
Así opera la ordenanza de calefacción en Chicago para viviendas y sitios de trabajo
Conozca todos los específicos sobre la responsabilidad de los caseros para mantener ciertas temperaturas mínimas adentro de los inmuebles durante los meses de invierno en Chicago.

La Ordenanza sobre calefacción también exige que los propietarios mantengan en buenas condiciones de funcionamiento los equipos de calefacción individuales dentro de las casas o apartamentos individuales. Es posible que los inquilinos con equipo de calefacción individual deban pagar las facturas de servicios públicos asociadas.
Espacios de trabajo
La Ordenanza sobre calefacción también exige que durante los meses designados de clima frío, los propietarios de edificios proporcionen calefacción a los espacios de trabajo interiores. Hay excepciones para espacios de trabajo donde las temperaturas frías son necesarias para el tipo de trabajo que se realiza, como un almacén frigorífico.
Penalizaciones
Los propietarios y propietarios de edificios enfrentan multas de $500 a $1,000 por día, por infracción, si no suministran la calefacción adecuada o no funcionan con equipos de calefacción. El motivo de la falta de calefacción no importa: los propietarios de los edificios deben cumplir la ley y se debe proporcionar calefacción.
Reportar violaciones
Si usted es residente o trabajador en la ciudad de Chicago y su arrendador o empleador no le proporciona calefacción adecuada o no le proporciona ninguna calefacción, puede presentar una queja llamando al 3‑1‑1. El Departamento de Edificios inspeccionará y tomará medidas contra los propietarios y empleadores que infrinjan la ley.
Para informar un peligro inmediato para usted o para otros, llame siempre al 9‑1‑1.
¿Cuándo se requiere calefacción?
La Ordenanza de Calefacción se aplica desde el 15 de septiembre hasta el 1 de junio. Este período a menudo se denomina “temporada de calefacción”.
La Ordenanza no impide que un edificio desconecte el equipo de calefacción u opere el equipo de enfriamiento (aire acondicionado) durante la temporada de calor, siempre y cuando se mantengan las temperaturas interiores mínimas requeridas.
¿Dónde se requiere calor?
La Ordenanza exige que dentro de las casas, apartamentos, habitaciones de hotel y espacios de trabajo interiores, se proporcione calor en todos los espacios habitables y baños.
Los “espacios habitables” se definen como áreas de un edificio destinadas a recreación, trabajo, dormir, comer o cocinar. Los baños no se consideran espacios habitables, pero la Ordenanza de Calefacción exige específicamente calor en este tipo de habitaciones. Los armarios, pasillos, áreas de almacenamiento y cuartos de servicio no se consideran espacios habitables y la Ordenanza no establece una temperatura mínima para estas áreas.
También existen excepciones limitadas para los espacios de trabajo que deben mantenerse fríos según el tipo de trabajo que se realiza allí.
¿Cuánto calor?
Los requisitos de calefacción varían según el tipo de edificio y sistema de calefacción:
Para edificios residenciales con equipo de calefacción central (compartido) y sin refrigeración central (aire acondicionado), se requiere que la temperatura interior sea de al menos 68 °F de 8:30 a. m. a 10:30 p. m. y al menos 66°F de 10:30 p.m. a 8:30 a. m. durante toda la temporada de calefacción.
Para edificios residenciales con calefacción y refrigeración central proporcionada por un solo sistema (a veces llamados edificios de “dos tuberías”), se requiere que la temperatura interior sea de al menos 68 °F de 8:30 a. m. a 10:30 p. m. y al menos 66°F de 10:30 p.m. a 8:30 a. m. durante la mayor parte de la temporada de calor. Reconociendo que lleva tiempo hacer la transición de este tipo de sistema del modo de calefacción al modo de refrigeración, existen reglas especiales que se aplican a este tipo de edificio durante el primer y último mes de la temporada de calor. Desde el 15 de septiembre hasta la primera fecha en la que la temperatura exterior nocturna caiga por debajo de los 45 °F o el 15 de octubre (lo que ocurra primero), se requiere que la temperatura interior sea de al menos 64 °F en todas las horas. De manera similar, desde el primer día de mayo, cuando la temperatura exterior supera los 75 °F, hasta el final de la temporada de calor, se requiere que la temperatura interior sea de al menos 64 °F en todas las horas.
Para edificios residenciales con equipo de calefacción individual en cada unidad, el equipo debe ser capaz de mantener una temperatura interior de 68°F bajo las condiciones climáticas invernales esperadas para Chicago. Es responsabilidad del propietario del edificio mantener el equipo de calefacción en buen estado de funcionamiento, así como mantener las ventanas, puertas y paredes para mantener el calor. Es posible que se le solicite al ocupante (inquilino) que pague las facturas de servicios públicos asociadas de gas o electricidad a operar el equipo de calefacción.
Para los espacios de trabajo, se requiere que la temperatura interior sea de 68°F cuando el espacio esté ocupado. Esto no se aplica a espacios de trabajo donde las temperaturas frías son necesarias para el tipo de trabajo que se realiza, como un almacén frigorífico.







