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Tránsito y un eventual cara a cara con agentes de ice? Seguimos viendo operativos, pero muchos no saben cómo actuar, cuáles son sus derechos y también los límites.
Entonces, para aclarar algunos puntos sobre este tema, nos acompaña hoy el abogado de inmigración jaime vázquez. Bienvenido, un placer.
Yo partiría preguntando . Un agente de un equipo de ice necesita una orden judicial para acercarse a un conductor?
Para abordar a una persona? Necesita, ya que es la vía pública.
Solamente se necesitaría si estamos hablando de áreas privadas, pero en la vía pública manejando no necesitaré una orden. Ok?
La persona está en un vehículo y los funcionarios le piden identifíquese. Esa persona está obligada a presentar los documentos independientemente del estatus migratorio.
Depende quien sea en el vehículo. Si está manejando bajo la ley estatal tiene que identificarse.
Pero si usted es un pasajero solamente, si está arrestado o detenido. Si la persona opta, como hemos visto en muchas situaciones, por no responder nada a ningún tipo de pregunta, guarda silencio y preguntas.
Lo que también hemos escuchado ustedes me están arrestando o me puedo ir? Qué significa este bueno, hay dos puntos.
Primero, el mantener silencio es un derecho que la persona tiene y el preguntar si está siendo detenido o si se puede ir, le podría dar la oportunidad de determinar si la policía tiene mantenerlo ahí. Pero es importante al mismo tiempo entender que el quedarse en silencio no quiere decir que usted va a ser liberado.
Estando en un vehículo, en una situación donde está rodeado a lo mejor de funcionarios, no? Qué derechos tiene esa persona dentro del auto?
Me refiero, por ejemplo, está permitido hacer una llamada telefónica? No, no tiene el derecho a hacer una llamada telefónica.
Ahí lo tendría al momento de estar arrestado, porque hay ciertos derechos sin importar el estatus migratorio, pero tampoco tiene el derecho a tener un abogado. Lo que sí tiene el derecho es a mantenerse en silencio.
Aquí en el estado de texas, tiene el derecho a grabar. Es importante que usted le explique al oficial que lo está haciendo y que no vaya a intervenir en la situación si está grabando.
Cuál es la diferencia entre los documentos que puede o no tener un ciudadano estadounidense, un residente o con cualquier otro beneficio migratorio? Yo creo que ahí está la duda más grande un ciudadano estadounidense no tiene ningún requisito de portar documentos que demuestran la ciudadanía y no lo debe demostrar.
El oficial de migración tiene que probar que no es ciudadano, pero un residente, un portador de visa de trabajo, daca, visa de turista o cualquier permiso, debe portar consigo los documentos. Diez segunditos.
Si los agentes de vehículo, usted tiene que abrir las puertas. Permitirlo?
No, no tiene. Ellos tendrían que tener una causa probable de que haya algo que haya sucedido de un crimen para poder o una sospecha razonable para poder hacerlo.
No lo tienen. Porque la constitución, sin importar el estatus migratorio, prohíbe.
Abogado jaime vázquez como siempre, gracias por haber