En qué casos una persona puede ser excomulgada de la Iglesia católica

La religión católica considera como católicos, y por lo tanto «hijos de dios», y miembros de la Iglesia católica para siempre, a todas las personas que hayan sido bautizadas.

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De esta manera, el bautismo es un sello imborrable, en las palabras del propio Vaticano, que cuenta como fiel a todos los bautizados, aunque estos no profesen el catolicismo. Incluso considera católicos a los que viven de modo «imperfecto», como pecadores, pero con posibilidad de conversión.

Si bien el bautismo es «irreversible», hay dos modos de romper el vínculo con la Iglesia católica: uno por iniciativa propia, a través de un trámite del que ya hablamos, llamado « apostasía», y el otro a través de la excomulgación o anatema. ¿En qué casos una persona puede ser excomulgada?

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Excomulgación o anatema

El Código de Derecho Canónico considera al «anatema» sinónimo de «excomulgación». En el significado bíblico de anatema se refiere a la expulsión como una forma de extrema sanción religiosa bajo la pena de excomulgar. En ese sentido, el anatema está asociado a una condena que aparta o aísla al sujeto del grupo al que pertenecía a modo de castigo.

Por su parte, la excomulgación implica una ruptura con los vínculos que unen al creyente a Cristo por medio de la Iglesia. Si bien no pone a la persona fuera de la Iglesia (debido a que el bautismo es irreversible), sí impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, siendo la pena más severa que un católico puede recibir.

De esta manera, se considera al excomulgado como un exiliado de la sociedad católica y como no existente en la vista de la autoridad eclesiástica. Su finalidad es la enmienda del «pecador», no su condena, y la excomulgación solo puede ser absuelta si la Iglesia lo permite.

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Cuando una persona puede ser excomulgada

  • Apostasía, herejía, cisma
  • Profanación de las especies (hostias y vino consagrado) de la Sagrada Comunión robándolas o guardándolas para algún propósito sacrílego.
  • Violación directa del sacramento de la confesión por un sacerdote
  • Violencia física contra el Papa
  • La absolución de un cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento (por ejemplo si un sacerdote tiene relaciones sexuales con una mujer o con otro hombre, luego lo confiesa y lo absuelve de ese pecado)
  • Consagración episcopal sin mandato pontificio
  • Violación del sigilo sacramental (recientemente los dos obispos consagrados en China no contaron con la autorización del Romano Pontífice)
  • Procurar o participar en un aborto
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Prácticas graves, tales como secuestro, asesinato, incesto, robo, adulterio, violación, suicidio, entre otros, son considerados pecados mortales que causan la «muerte del alma» y merecen el «castigo eterno del infierno».

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Sin embargo, la Iglesia no te excomulga por esos crímenes, ya que considera que si el pecador se arrepiente, se confiesa, le pide perdón a Dios y reza, podrá volver a comulgar.

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