Bolivia festeja la llegada de documentos de identidad que permiten elegir el género

El 7 de setiembre 2016 fue un gran día para las comunidades LGBT bolivianas, ya que fue el día en que llegaron los primeros documentos de identidad que permiten elegir el género. Este cambio es permitido gracias a la Ley de Identidad de Género, promulgada el 21 de mayo 2016, y que estipula que las personas pueden elegir cambiar el nombre, género y foto que aparece en sus documentos de identidad, con el fin de reflejar su propia identidad de género.

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Se estima que más de 1500 personas harán valer sus derechos y efectuarán el cambio deseado en sus documentos oficiales.

Luna Sharlotte Humérez Aquino fue la primera boliviana en recibir su certificado de nacimiento según su identidad de género. Con su nuevo documento de identidad en mano, declaró que "El derecho a la identidad es un derecho fundamental para todas las personas".

El 1ero de agosto 2016, día en que el Servicio de Registro Civil de Bolivia comenzó a recibir las solicitudes para el cambio de género en los documentos de identidad, el diario El Deber entrevistó a César Javier Morón Torrico, un médico de 26 años que quiso ser la primera persona en conseguir el cambio de identidad tan anhelado. A continuación, su testimonio:

Aún queda trabajo por hacer

Imagen Shutterstock

La Ley de Identidad de Género boliviana se compone de 11 artículos y permite el reconocimiento a ciudadanos transgénero y transexuales (y de hecho ofrece una definición para ambos términos). Si bien esta medida legal tiene sus méritos, es importante destacar que no solo las personas transgénero o transexuales pueden desear efectuar un cambio de identidad de género legal. Si consideramos que la identidad de género es forzosamente una imposición (puesto que es declarada sin pedir la opinión de la persona en cuestión), entonces es justo decir que cualquier persona que no se sienta cómoda con dicha imposición tiene derecho a apelar a la ley en cuestión, y no es obligatorio que esa persona se identifique como trans.

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Además, la ley establece que el cambio en la documentación puede ser llevado a cabo solamente por alguien que tiene al menos 18 años de edad. Esto es confuso. Si se admite que el género puede ser vivido como una terrible imposición, ¿por qué obligar a la persona a soportar dicha situación durante su infancia y adolescencia? Por otro lado, el cambio legal debe hacerse siguiendo un protocolo: la persona en cuestión debe entrevistarse con un psicológo. ¿Por qué debe ser un psicólogo el que decide si la persona tiene derecho a identificarse como quiere?

Si bien Bolivia ha consolidado un avance muy importante en materia de derechos civiles, todavía queda mucho trabajo por hacer, puesto que la ley sigue restringiendo, de manera un poco condescendiente, las maneras en que una persona puede acceder a su identidad.