LOS ÁNGELES, California.- California amplia la definición de “familiar” para efectos del permiso por duelo.
California amplía el permiso por duelo: trabajadores podrán pedir hasta 5 días por la muerte de una persona considerada familia
Una nueva ley de California amplía quién puede ser considerado “familia” para solicitar permiso laboral por duelo. A partir de 2027, trabajadores elegibles podrán utilizar hasta cinco días de licencia protegida tras la muerte de una persona con la que mantienen una relación equivalente a la de una familia.
El gobernador Gavin Newsom firmó el SB 1149, presentado por la senadora estatal María Elena Durazo, que incorpora a una “persona designada” entre quienes pueden dar derecho a un trabajador a solicitar hasta cinco días de permiso por duelo.
La ley fue aprobada por ambas cámaras de la Legislatura estatal antes de llegar al gobernador, y la nueva disposición entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Esta modificación nace del término familia elegida o "chosen family", que la comunidad LGBTQI ha utilizado y popularizado.
¿Quién puede ser una “persona designada”?
La nueva ley define como “persona designada” a alguien que esté relacionado con el trabajador por sangre o cuya relación con el empleado sea equivalente a una relación familiar.
Esto permite que una persona pueda identificar como parte de su familia a alguien que no necesariamente tenga un vínculo legal o biológico con ella.
El trabajador puede identificar a esa persona cuando solicita el permiso. Sin embargo, el empleador puede limitar el uso de esta disposición a una persona designada por cada periodo de 12 meses.
Se mantienen los cinco días de permiso
La nueva ley no aumenta de cinco días la cantidad de permiso por duelo disponible. Lo que cambia es quién puede ser considerado familiar para poder utilizar esos días.
La legislación existente permite a trabajadores elegibles solicitar hasta cinco días de permiso por la muerte de determinados familiares, incluidos cónyuge, hijo, padre, hermano, abuelo, nieto y pareja doméstica.
Con SB 1149, esa protección también se extiende a la persona designada que cumpla con la nueva definición.
Los días no tienen que ser consecutivos
Los cinco días de permiso no tienen que utilizarse necesariamente de manera consecutiva.
La ley establece además que el permiso debe completarse dentro de los tres meses posteriores a la fecha de fallecimiento del familiar.
En determinadas circunstancias, los trabajadores también pueden utilizar días disponibles de vacaciones, licencia personal, licencia por enfermedad acumulada o tiempo compensatorio para cubrir parte del periodo de ausencia, dependiendo de las políticas aplicables.
¿El permiso por duelo es pagado?
La ley establece que el permiso debe otorgarse de acuerdo con la política de duelo existente del empleador. Si una empresa no cuenta con una política de este tipo, el permiso puede ser no remunerado.
Los trabajadores pueden utilizar otros días de licencia disponibles para recibir ingresos durante ese periodo, cuando corresponda.
¿Quiénes están protegidos?
Las disposiciones de California sobre permiso por duelo también establecen protecciones laborales para quienes ejercen este derecho.
Un empleador no puede despedir, suspender, degradar, multar o discriminar a un trabajador por utilizar el permiso de duelo contemplado por la ley.
También existen disposiciones que prohíben interferir o negar el ejercicio de los derechos establecidos por esta normativa.
La ley contempla además la confidencialidad de la solicitud y de la documentación relacionada con el fallecimiento, con excepciones limitadas.
¿Cuándo comienza a aplicarse?
La nueva ley será efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
Hasta entonces, continúa vigente la definición actual de familiares contemplada por la legislación de California.
A partir de 2027, los trabajadores elegibles tendrán una nueva opción para solicitar permiso por duelo cuando fallezca una persona que hayan identificado como su “persona designada”, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.











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