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Un fallo emitido esta semana por la corte de apelaciones del onceno circuito en georgia anuló dos órdenes emitidas anteriormente por la junta de apelaciones de inmigración, reviviendo así la esperanza para decenas de miles de personas detenidas en la frontera, procesadas y luego liberadas con el formulario de la i2. Hoy estaremos hablando de esto con el abogado experto en inmigración, ángel leal, y también sobre otros temas migratorios que afectan a miles de personas.
Y ahora le damos la bienvenida al abogado experto en inmigración y en la constitución de estados unidos, ángel leal. Siempre es un placer.
Igualmente para mí un honor. Gracias.
Es un honor también. Qué le dice esto a la gente que tiene la desventaja?
Que hay esperanza. No es la decisión que queríamos.
Plena diciendo literalmente que liberación tiene que ser a través del parol. Ahora tenemos que esperar una redeterminación por parte del tribunal de apelaciones de inmigración, pero por lo menos nos da el espacio de presentar el argumento y que no nos cancelan las solicitudes de ajuste cubano de entrada en base a un caso que era un precedente.
El tema de cabrera fernández, que ahora queda nulo, pendiente en una decisión del tribunal de apelación de inmigración. Así que está esperanza, pero no quiere decir de que ya se ha resuelto todo.
No, para nada. En realidad el onceno circuito no emite un fallo definitivo porque, entre otras cosas, no quiero ser demasiado técnico, pero el legal referente a este tema.
También hay una división entre los distintos circuitos de de cortes de apelación referente al tema legal de que bajo qué sección del código de inmigración las personas han sido detenidas. También tomaron en cuenta de que este tema se ha presentado en más de 360 casos y se ha dictado de cierta manera en 350 de los 360 casos.
Entonces, tomando todo eso en cuenta, es que el onceno circuito dijo sabes qué? Le vamos a regresar el caso, vamos dos casos.
La verdad de echevarria en particular. Decídanlo de nuevo y estamos pendientes de eso.
Entonces el litigio se extiende, pero a la argumento. La posibilidad de argumentar sobre el mérito de cada caso.
Si es una persona quien debe ser considerada, que dependiendo de las circunstancias de cada caso. Así que para para la gente que está viendo el programa, esto es mucha información.
Usted lo explica muy bien, pero yo quiero en esta decisión, qué vendría ahora? Cuáles son los pasos que vienen ahora?
Preservar el argumento de la elegibilidad usted fue liberado con la 20 a y sobre todo, mi recomendación es enfocarnos en un caso que lo citó el onceno circuito federal de kelly, que lo hemos hablado anteriormente en este espacio. Entonces compare su caso, los hechos de su caso con los hechos de kelly para presentar un argumento similar.
Por un lado es negativo porque ese caso tiene que ver con la detención mandatoria, pero por otro lado pudiera ser favorable desde el punto de vista de que si usted fue sujeto a una detención mandatoria y lo liberaron, aunque el documento diga orden de libertad bajo palabra, para efectos legales, podemos argumentar que es un parol. Muchos jueces tal vez van a esperar que el tribunal de apelaciones se vuelva a pronunciar sobre el tema, pero es importante preservar el argumento y el recurso a nivel de corte en caso de que tengamos que acudir a apelación.
Qué significa esto entonces? Una gente con la dos 20 a la pueden deportar o basado en esta decisión.
Ahora todo el mundo son los próximos pasos. O cuando vayas a una a una cita, corre el riesgo de ser deportado.
Todavía corren el riesgo y creo que esto va a depender de las circunstancias de cada caso. Yo creo que esto los jueces lo van a manejar.
Yo sé que los jueces de inmigración estaba con la expectativa, al menos en este circuito. El onceno circuito de labrada echevarría.
Como no hubo una resolución final. Y todavía queda la pregunta abierta, como quien dice, entonces va a depender del criterio de cada juez, de cómo van a manejar estos casos de cubanos con idos 20 a que están en corte, que están solicitando ajuste cubano, que tienen asilo pendiente también donde dicho sea de paso, puede que la fiscalía entre en un caso como ese y bajo los acuerdos de cooperación de asilo con terceros países.
Le pido la deportación a ecuador o a honduras o guatemala porque presuntamente pueden ir a ese tercer país seguro para pedir asilo. De pronto pueden determinar que no califican para asilo, que no califica para el ajuste cubano porque hay dos 20 a y puedes enfrentar una carta de deportación.
Todo esto es apelable, pero con más razón todavía hay que ir preparado para litigar estos temas, argumentar en contra de la cancelación del asilo y abogar a favor del ajuste cubano. Pasemos ahora, si me lo permite, a otro tema ángel.
Un juez federal dictaminó esta semana que es ilegal la política de la administración trump, que permite la rápida deportación de migrantes a terceros países o a países distintos al suyo, sin darles una oportunidad significativa para plantear sus temores de persecución o tortura. Significa esto que no pueden deportarlos ahora o hay que esperar?
Hay que esperar? Este es el caso dividir el juez brian murphy de la corte federal de boston, massachusetts, y básicamente certificó una clase de personas con carta de deportación a partir del 18 de febrero de 2025.
Quien quieran hayan deportado a un tercer país sin que esa persona haya tenido tenido una oportunidad significativa de oponerse a la deportación al tercer país por temor a persecución o tortura en el tercer país. Pero cuando él emite este fallo final porque esto a nivel de mociones preliminares había llegado a la corte suprema anteriormente y la corte suprema había permitido estas deportaciones a terceros países.
Por eso el gobierno está confiado de que tal vez puedan ganar esto en apelación, pero ya le emite un fallo final. Emite la hora de la orden esta semana para que el gobierno tenga la oportunidad de apelar al primer circuito federal de apelaciones o la corte suprema y a la vez de este juez federal como hicieron anteriormente, para que puedan seguir efectuando la deportación a los terceros países.
Así que la orden existe. Estamos en espera y no es tanto.
El hecho de la apelación es si van a emitir una orden suspendiendo el fallo del juez murphy o no. Ahí es donde está.
Inmigración anunció esta semana que nuevas reglas propuestas para solicitantes de asilo buscan aumentar el tiempo de espera para poder recibir un permiso de trabajo. Háblanos de esto que pues afecta a mucha gente.
Esto está fuerte. Esto.
Reglamentación. Se publicó el 23 de febrero.
Hay un periodo de comentario público de 61 días hasta el 24 de abril del 2026. Primero, no afecta lo que ya tiene.
Su permiso de trabajo no afecta lo que están renovando. El permiso de trabajo por asilo pendiente.
Quien afecta es quien pide el asilo inicialmente, por así lo que diga el permiso de trabajo, inicialmente por asilo pendiente y en ese caso lo que proponen hacer es cambiar el asilo pendiente a 365 días de asilo pendiente. También suspender el procesamiento de solicitudes de permiso de trabajo inicial por asilo pendiente hasta que el tiempo de procesamiento de los permisos de trabajo baje a menos de 180 días o 180 días o menos por un periodo consecutivo de 90 días.
Y hasta que no alcancen esa meta no van a adjudicar o aceptar para procesar solicitudes de permiso de trabajo hasta que lleguen a ese tiempo de procesamiento. También entraron ilegalmente por la frontera, a no ser que se presentaron con un oficial de inmigración a más tardar 48 horas de haber cruzado la ser devueltos al país de origen.
O sea que han impuesto una serie o quieren imponer una serie de requisitos que más tiempo de espera, más tiempo de regulación exigía que un permiso de trabajo por un asilo inicial se debía, se debía decir, en 30 días. Ahora lo quieren expandir una demora significativa para personas que aspiran a ese permiso de trabajo por por presentación de asilo.
Y lo que quieren hacer es disuadir que el único objetivo de obtener ese permiso de trabajo. Entonces, todavía reglamentación.
Vamos a ver en qué termina todo esto y probablemente va a enfrentar un reto legal. Son muchas las cosas que se están manejando y por eso es importante que la gente también tengan representación legal en todo esto, porque un solo error le puede costar la deportación.
Efectivamente, es súper importante y más hoy en día, porque muchas veces muchos litigio federal en corte federal, bien sea por un recurso de habeas corpus, bien sea por una demanda de procedimientos es el momento donde se tiene que conservar todos los argumentos, porque gran parte del litigio ya está tomando fuera de las cortes administrativas y está tomando lugar en corte federal. Ángela, abogado experto en inmigración y en la constitución de estados unidos.
Gracias como siempre por habernos explicado todo esto de una forma clara y que la gente esté pues, al día sobre todo lo