¿Qué pasa cuando ingresas en frontera terrestre a los EEUU y quieres tramitas un asilo? Si cumples con tus citas, ¿puede ICE arrestarte? ¿Puede emprender una orden de deportación?
¿Pedir asilo tras haber entrado irregularmente se puede considerar récord criminal? Conoce los consejos de una abogada
Cada vez más solicitantes de asilo son arrestados mientras procesan sus casos. Preguntamos a la abogada experta en inmigración qué consejos deben seguir quienes quieran obtener un visado humanitario o asilo.
Hay muchas preguntas en torno a qué opciones tienen las personas elegibles para pedir asilo en el país. En la práctica, cada día los agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) están arrestando a personas que están en trámites para obtener el asilo.
Nos fijamos en un caso reciente que llegó a nuestra redacción. José Luis Suárez, de 40 años, huyó de Venezuela con su familia por ser perseguido allí por causas políticas.
Entró en EEUU por la frontera terrestre en diciembre de 2021, se entregó a la autoridad fronteriza y desde entonces siguió paso a paso las indicaciones para tramitar su solicitud de asilo, de la que era elegible.
El pasado 5 de agosto acudía a su cita anual con inmigración para dar seguimiento a su solicitud en uno de los centros de ICE en Dallas (Texas) y quedó arrestado.
Preguntamos a ICE sobre los motivos de su arresto y esta es su respuesta:
“El 5 de agosto de 2026, ICE arrestó a José Luis Suárez, un extranjero de Venezuela que se encontraba ilegalmente en Estados Unidos. Ingresó ilegalmente al país a través de San Luis, Arizona, el 15 de diciembre de 2021, y fue puesto en libertad dentro del país por la Administración Biden. Todas sus solicitudes serán evaluadas por un juez de inmigración del Departamento de Justicia y recibirá el debido proceso. Esta Administración no ignorará el Estado de derecho".
Les volvemos a preguntar para concretar este punto: ¿estar tramitando una solicitud de asilo es estar ilegalmente en el país? No obtenemos respuesta.
¿Quiénes no deberían ser arrestados?
Consultamos con la abogada experta en inmigración Lorena Vargas Hernández sobre cómo deben proceder las personas que sean elegibles para una solicitud de asilo humanitario.
Nos recuerda que hay cuatro grupos que, según indica la ley, no deberían ser detenidos.
1. Niños, niñas y menores no acompañados (UAC)
Por ley federal y acuerdos de protección judicial, tienen prohibida la detención mandatoria en centros de ICE.
Deben ser transferidos en máximo 72 horas a la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR).
Se procesan para ser liberados bajo el cuidado de un patrocinador familiar mientras continúan su proceso de asilo en libertad.
2. Personas que ingresaron legalmente y piden asilo afirmativo
Si tienes un estatus legal vigente (visa de turista, estudiante o trabajo) y sometes tu solicitud de asilo afirmativo ante USCIS, no estás sujeto a detención mandatoria.
Tu proceso se realiza enteramente en libertad, a menos que cometas un delito grave posterior que active las causales penales de la Sección 236(c).
3. Migrantes bajo criterios de Detención Discrecional (INA 236(a))
Si eres detenido dentro del país (no en la frontera física) y no tienes antecedentes penales graves, tu caso puede caer bajo la Sección 236(a): detención opcional, con derecho a solicitar fianza ante un Juez de Inmigración o liberación bajo supervisión.
Nota importante: desde 2025 esto ya no aplica de forma uniforme — depende del circuito judicial donde te encuentres, debido a fallos federales recientes en disputa. Consulta tu caso específico.
4. Solicitantes en frontera elegibles para Permiso Humanitario (Parole)
ICE tiene directrices para exentar de detención física continua mediante Parole humanitario a personas con vulnerabilidades extremas si no representan un peligro público: condiciones médicas graves o discapacidades severas, falta de espacio en centros de reclusión, o mujeres embarazadas o lactantes.
Consejos para que solicitantes de asilo no sean arrestados por ICE
Lorena Vargas confirma que cada vez ve más casos de inmigrantes que cumplen con sus citas en las cortes pero a quienes no se les ha respetado que sean solicitantes de asilo.
"Las autoridades alegan que como entró ilegalmente ya es un record criminal. Pero según los tratados internacionales estas personas tienen derecho a acceder por frontera terrestre y pedir su asilo, ¿cómo lo van a hacer si no?", comenta la abogada.
"Antes, en la era Biden, lanzaron la aplicación CBP One, que era una manera ordenada de dar respuesta a las solicitudes de asilo. Pretendía que las personas cruzasen a toda costa a través de ríos o del desierto. Era como llamar a la puerta antes de entrar. Ya registraban sus datos y se le daba una cita, y por supuesto, se respetaba a la persona y no se le detenía mientras durase el proceso de asilo, ahora ya no", cuenta Lorena Vargas.
Bajo estas circunstancias preguntamos a la abogada experta en inmigración, qué consejos básicos pueden seguir los solicitantes de asilo que tengan miedo de poder ser arrestados por ICE.
"Uno de los consejos que les estoy dando es que, si pueden, accedan al país por aeropuerto con una visa B1 o B2. Entrando al país con un visado válido de turista y tramitar desde ahí el asilo hace que ya no puedan decir que entraron ilegalmente, aunque tampoco da garantías porque estamos viendo cómo en muchos casos vuelven a detener a esas personas a las que se les concede el asilo diciendo que se quedaron en el país más tiempo del permitido", explica la abogada.
Lo que recalca Lorena Vargas es que en cualquier caso, especialmente entrando por frontera, se entreguen a las autoridades de migración para que puedan arrancar su expediente.
"Hay mucha gente que entró cruzando irregularmente y que ha logrado estar décadas en el país, ha logrado un número de seguridad social falso o incluso permisos de trabajo y de conducir. Pero yo siempre les recomiendo que se entreguen y que inicien sus expedientes porque lo contrario, vivir en el país en clandestinidad, les hace muy vulnerables y ahí sí que te pueden deportar en cualquier momento", recomienda.
Y, además, aconseja que siempre se presenten a las citas, aún con el riesgo de poder ser arrestados.
¿La entrada por tierra de un solicitante de asilo puede ser considerada como ilegal?: esto dice la ley
Consultamos con la abogada experta en inmigración Lorena Vargas qué dice la ley internacional al respecto, si hay jurisprudencia a la que los solicitantes de asilo puedan agarrarse.
La abogada afirma categóricamente que ningún tratado internacional menciona o limita la forma de entrada al país al que se está pidiendo asilo.
Remite a varios tratados, entre ellos, la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
También recuerda que en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 se establece la definición de “refugiado”.
Artículo 1(A)(2)
Define a un refugiado como toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país
Y la abogada recalca que la Convención no establece que una persona tenga que entrar legalmente en un país para poder ser refugiada.
Artículo 31
1. Los Estados Contratantes no impondrán sanciones penales, por causa de su entrada o presencia ilegales, a los refugiados que, llegando directamente del territorio donde su vida o su libertad estuviera amenazada en el sentido previsto por el artículo 1, hayan entrado o se encuentren en el territorio de tales Estados sin autorización, a condición de que se presenten sin demora a las autoridades y aleguen causa justificada de su entrada o presencia ilegales.
2. Los Estados Contratantes no aplicarán a tales refugiados otras restricciones de circulación que las necesarias; y tales restricciones se aplicarán únicamente hasta que se haya regularizado su situación en el país o hasta que el refugiado obtenga su admisión en otro país. Los Estados Contratantes concederán a tal refugiado un plazo razonable y todas las facilidades necesarias para obtener su admisión en otro país.









