¿Puedo evitar el desalojo de mi vivienda por atrasos en el pago de la renta?: conozca el alcance de la orden de los CDC

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) emitieron una orden para proteger temporalmente y evitar el desalojo de viviendas. Aunque la medida protege a la mayoría de los inquilinos, deberán cumplir ciertos requisitos para gozar de la protección.

Video ¿Puedo evitar el desalojo de mi vivienda por atrasos en el pago de la renta?: conozca el alcance de la orden de los CDC

ATLANTA, Georgia.- La nueva orden de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) que protegen a los inquilinos contra el desalojo estará vigente hasta finales de 2020 a menos que la extiendan.

La Casa Blanca dijo que la orden se aplicará a los inquilinos que califiquen para pagos directos bajo la Ley CARES, que cubre a las personas que ganan menos de US$ 99.000 al año.

PUBLICIDAD

Las personas también tendrán que demostrar que han hecho esfuerzos para obtener ayuda del gobierno para los pagos de su alquiler, declarar que su incapacidad para pagar se debe a dificultades financieras debido al covid-19 y que probablemente se quedarían sin hogar si fueran desalojados.

La orden ejecutiva de los CDC entra en vigor este viernes 4 de septiembre y le otorgaría hasta el 31 de diciembre para que las personas afectadas por la pandemia y que no pueden pagar al día sus hipotecas o alquileres lleguen a ciertos acuerdos. Estas son las personas que califican para la protección:

  • Haber intentado obtener toda la asistencia gubernamental posible.
  • Toda persona que gana menos de $99,000 al año y que haya estado activamente en busca de ayuda del gobierno para los pagos de su alquiler o hipoteca.
  • Todo matriomonio cuyo ingreso sea menos de $198,000 anual y que haya estado activamente buscando ayuda del gobierno para los pagos de su alquiler o hipoteca.
  • Toda persona que busca protección con la ley de moratoria federal debe probar de que su falta de pagos para su alquiler o propiedad es directamente a causa de la pandemia.
  • Haber intentado realizar pagos parciales de la renta en la medida de lo posible.

Te Puede Interesar