Juez federal bloquea ley de Nueva York que prohibía a los agentes federales cubrirse el rostro e identificarse

La jueza ordenó que la medida estará vigente hasta que analice el fondo del asunto y emita un sentencia sobre la demanda que presentó el gobierno de Estados Unidos, que impedía a los agentes del ICE usar mascarillas o cualquier objeto para cubrir su rostro drante los operativos


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La jueza de distrito Mae D'Agostino emitió una orden judicial preliminar que establece que las autoridades estatales no pueden prohibir en Nueva York el uso de mascarillas o cubre-rostros a elementos federales, entre ellos a los del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) mientras realizan operativos. Esta medida permite a los agentes migratorios usar cualquier aditamento que cubra su cara mientras realicen operativos en el estado hasta que se analice el asunto de fondo y se dicte una sentencia firme.

El caso analizado por la jueza adscrita al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Nueva York tiene su origen en las impugnaciones presentadas por el gobierno de Estados Unidos contra ciertas disposiciones del Proyecto de Ley del Senado de Nueva York S9005C, promulgado como ley por la gobernadora Kathy Hochul el 27 de mayo de 2026.

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De acuerdo con los documentos, entre las normas impugnadas se encuentra la 101 de la Ley de Derechos Civiles, la cual prohíbe a los agentes del orden público (incluidos los agentes federales) usar cubre-rostros, salvo en determinadas excepciones específicas.

Estado de Nueva York viola la ley con la norma

Al analizar los argumentos, la jueza D'Agostino determinó que las leyes de Nueva York basadas en la transparencia policial y salvaguardar a sus comunidades frente a incidentes operativos conflictivos son adecuadas, pero violan la constitución, por lo cual ordenó la medida.

“Dado que los Estados Unidos demostraron una probabilidad de éxito en el mérito en su impugnación por inmunidad intergubernamental contra las Leyes de Cubrir-Rostros e Identificación (Cargo Uno), y dado que estas exponen a los agentes federales a sanciones de naturaleza penal ante su incumplimiento, el requisito de daño irreparable inminente queda satisfecho”, explicó la jueza.

Además de ordenar al estado de Nueva York no prohibir el uso de mascarillas a los agentes federales, también determinó que no pueden obligar a los agentes a mostrar o tener en un lugar visible el nombre de la agencia o el área para la cual laboran, así como su nombre.

“Los demandados, sus sucesores, agentes y empleados queden preliminarmente en la obligación de no aplicar la sección 101 de la Ley de Derechos Civiles de Nueva York ni la sección 102 de la Ley de Derechos Civiles de Nueva York en contra del Gobierno Federal y sus agentes”, menciona la medida.

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Los acuerdos de cooperación

En el memorándum, la juez determinó que los acuerdos de cooperación en policías locales o estatales son voluntarios, por lo cual no se puede obligar a realizarlos bajo la sección 287(g), que permite a las autoridades locales informar y detener a migrantes.

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La jueza determinó que la ley federal establece claramente que la cooperación de los estados en materia migratoria bajo la sección 287(g) es enteramente voluntaria y ningún estado está obligado a celebrar dichos convenios.

“Una ley estatal que declina dicha cooperación voluntaria o prohíbe la celebración de convenios 287(g) no genera ningún obstáculo ilegal a la ley federal ni está exenta”, explicó al negar la impugnación con la cual se buscaba bloquear la "Ley de Rescisión" en Nueva York que prohíbe los acuerdos con autoridades federales.

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