El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) está rompiendo récords de arrestos. Acabamos de saber que julio tiene cifras nunca vistas y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) advierte de que continuará intensificando los operativos.
¿En qué lugares ICE no puede arrestar?, consultamos con un abogado experto en inmigración
¿Un agente de ICE puede arrestarme en un hospital? ¿En un centro educativo? ¿O en mi cita con el tribunal de migración? Trasladamos estas preguntas a un abogado experto en inmigración para conocer si hay lugares protegidos por ley.
En las últimas semanas hemos visto arrestos en carretera, en el parking de un centro educativo e incluso cómo agentes locales proceden a entrar en una sala de un hospital y a poner a una madre y a una hija a disposición de ICE.
Lugares que antes eran considerados seguros, ahora son un escenario donde se dan arrestos de la autoridad migratoria o de agentes de policía local que después transfieren a los arrestados a dependencias federales.
Consultamos con el abogado experto en inmigración Héctor Quiroga, de Quiroga Law Office si hay actualmente algún lugar protegido.
Pregunta. Gracias por atendernos, abogado. ¿Hay algún lugar dónde ICE no pueda arrestar?
Respuesta. En enero de 2025, el DHS eliminó la política federal que establecía “lugares protegidos” para la aplicación de las leyes migratorias, entre ellos: escuelas, hospitales y lugares de culto.
Por eso, aunque el pasado 18 de agosto de 2026 la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito confirmó una medida cautelar que limita las acciones de aplicación migratoria en ocho lugares de culto, actualmente no existe una prohibición federal general que impida a ICE realizar arrestos en una iglesia, una escuela o un hospital, por el solo hecho de estar allí.
Sin embargo, eso no significa que ICE pueda arrestar a cualquier persona, en cualquier lugar y de cualquier manera. La autoridad de los agentes sigue estando limitada por la Constitución, la ley federal de inmigración, las características del lugar en el que se encuentran y las órdenes judiciales que estén vigentes.
P. ¿La colaboración con policías locales les da más poder para arrestar en cualquier lugar?
R. La colaboración con policías estatales y locales sí puede ampliar la capacidad de aplicación de las leyes migratorias, pero no elimina los límites legales. La principal herramienta es el programa 287(g), establecido en el artículo 287(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que permite que determinadas funciones migratorias sean delegadas a agentes estatales o locales mediante acuerdos con DHS.
Eso significa que un policía local que participa en un acuerdo 287(g) puede ejercer determinadas funciones migratorias que otro policía local, sin esa delegación, no necesariamente podría ejercer.
Pero la existencia de colaboración con ICE no convierte a una agencia policial local en una autoridad migratoria sin límites. Las facultades dependen de la delegación concreta y deben ejercerse dentro del marco constitucional y legal correspondiente.
P. ¿Qué ocurre con espacios considerados privados? ¿Pueden acceder?
R. Hay que hacer una diferenciación entre detener a una persona en un espacio público y entrar en un espacio privado para localizarla. Aunque la autoridad migratoria de los agentes para realizar determinados arrestos sin orden está contemplada en la ley, no significa que tengan autorización general para entrar en cualquier propiedad privada.
Esto es particularmente importante en una vivienda. Una orden administrativa de inmigración y una orden judicial no son lo mismo. Una orden administrativa emitida por DHS o ICE no tiene automáticamente el mismo alcance que una orden judicial emitida por un juez federal.
P. ¿Una orden judicial les da carta blanca para arrestar en cualquier espacio?
R. No. Una orden judicial no es una carta blanca. Su alcance depende de lo que autorice específicamente y de las circunstancias en las que se ejecute.
Por eso, cuando un agente de inmigración llega a un lugar determinado, no basta con preguntar si tiene una orden. Hay que saber qué tipo de orden tiene, quién la emitió, contra quién está dirigida y qué autoriza exactamente.
En términos sencillos, que ICE tenga autoridad para arrestar a una persona no significa necesariamente que tenga autoridad para entrar al lugar donde esa persona se encuentra. Y esa es probablemente la distinción más importante para los inmigrantes: el hecho de estar en una escuela, hospital, iglesia u otro sitio sensible ya no ofrece, por sí solo, una inmunidad general frente a ICE; pero la eliminación de la antigua política de “lugares protegidos” tampoco eliminó los límites constitucionales, legales ni las restricciones impuestas por los tribunales.
P. Un lugar polémico fueron los tribunales de inmigración, ¿puede ICE arrestar allí?
R. Los tribunales de inmigración fueron uno de los lugares donde ICE generó mayor controversia por realizar arrestos de personas que acudían a sus audiencias. Sin embargo, esa situación cambió en junio de 2026, cuando un juez federal bloqueó a nivel nacional los arrestos civiles de ICE dentro de los tribunales de inmigración. Por eso, actualmente no es correcto afirmar, de manera general, que ICE puede arrestar a una persona dentro de una audiencia migratoria.










