Puerto Rico: Niña intenta detener acoso racial y ahora enfrenta cinco cargos por agresión

El caso de Alma Yadira Cruz Cruz inició en la escuela Dr. Modesto Rivera Rivera, de Carolina, de donde fue expulsada por el principal Domingo Leduc Del Valle, sin este, alegadamente, utilizar los debidos procesos dictados por la Ley.

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Por:
Gamaliel Ramos Oliver
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Alma Yadira Cruz Cruz, joven de 11 años, atraviesa por una situación no muy peculiar en las cortes de Puerto Rico. A la estudiante de educación especial se le imputaron cinco cargos por supuesta agresión cometida por la menor de edad.

Las aparentes víctimas, menores de edad también, alegan que Alma empujó a una de ellas, amenazó con tirar a dos de ellas por las escaleras y les habló en lenguaje rudo. Tanto Alma Yarida como su representación legal, niegan los hechos, pero apuntan a un patrón de acosos verbal de índole racista por los pasados dos años.

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De acuerdo a Alma, esta era recibida en la escuela a burlas que la describían como, “negra sucia”, “negra dientúa”, “pelo de caíllo”, “negra asquerosa” y “mona”. Un acoso que duró al menos dos años.

El caso, que trajo al plano principal el tema del racismo en Puerto Rico, se va a discutir abiertamente al público y la prensa, el próximo 15 de agosto, luego de que Alma Yadira renunciara al derecho de proceso privado.

Alma es una estadística más. De acuerdo a una investigación por El Nuevo Dia, las estadísticas más recientes y disponibles de los años fiscales 2009-10 y 2014-15por el Departamento de Justicia, 21,392 menores fueron encontrados responsables en las cortes del país. De esa suma el 43% fueron por faltas Clase II y III de índole más serias como homicidios, escalamientos y otros comportamientos más graves. La mayoría de los menores procesados y juzgados por el sistema cayeron bajo las faltas de Clase I. Estos delitos son menos graves. De acuerdo al Departamento de Justicia La Ley de Menores clasifica las faltas Clase I:a ésta, pertenecen las infracciones o las tentativas de infracción que, de ser cometidas por un adulto, constituirían delito menos grave. Por ejemplo: agresión simple, amenaza, penetrar en las escuelas sin estar autorizado y otras.”

“Me parece que es un desperdicio y un despilfarro, usar los recursos escasos para procesar una niña de 11 años por un supuesto incidente que ocurrió en una escuela”, dijo el licenciado Leonardo Aldrige, quien representa a Alma Yadira Cruz Cruz.

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Inclusive, a raíz de este caso, la Comisionada Residente en Washington D.C. Jeniffer González, la Secretaria de Educación de Puerto Rico , Julia Keleher y el secretario auxiliar de Menores y Familias del Departamento de Justicia, Carlos J. Rivera Santiago, consideran que el caso debió atenderse a nivel administrativo y no en corte.

“El gobierno del Estado Libre Asociado que no tiene dinero está invirtiendo según mis cálculos sobre 300 mil dólares, en el procesamiento de esta niña, por un supuesto empujón en una escuela”, enfatizo el licenciado Aldrige a Univision.

¿Fue el Estado negligente? ¿Por qué nadie activó los protocolos provistos por ley ante el acoso racial? ¿Qué ha hecho el Departamento de Educación para atender el caso? ¿Por qué Justicia no ha retirado los cargos si el mismo secretario auxiliar considera que el caso no debió atenderse en las cortes?


Esta última pregunta, el Secretario Auxiliar de Asuntos de Menores y Familia del Departamento de Justicia, Lic. Carlos Rivera Santiago explica que, “ La Ley de Menores y las dos órdenes de mordaza impuestas en el caso que solicitó nos impiden hablar del mismo. El caso fue sometido y está ante la consideración del honorable Tribunal. En general, los casos de menores que llegan ante la consideración de los procuradores son porque hay un querellante. La prueba de los alegados hechos se evalúa y, de existir los elementos de la ley para radicar y si hay interés de la parte perjudicada, se presenta ante el Tribunal ya que es el derecho que le asiste a todo ciudadano víctima de un delito o falta, según establece la Carta de Derecho de las Víctimas de Delito. Los servicios de la Oficina de Mediación de los Tribunales son ofrecidos en los casos de menores, mas son de carácter voluntario y las partes no pueden ser obligadas a mediar".

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Para el licenciado Aldrige, la respuesta del Secretario Auxiliar va en contra de los poderes de discreción que caen sobre El Departamento de Justicia.

Ellos tiene discreción para determinar qué situaciones se procesan criminalmente y cuáles no. El Departamento de Justicia ha decidido emplear los limitadísimos recursos del Gobierno en el procesamiento de una niña de 11 años, negra y pobre, por un supuesto empujón en una escuela. Así es que se emplea la discreción de los fiscales y supuestos procuradores de menores.