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Rafa: vamos a hablar de inmigracón junto con nuestra abogada. Responde sus preguntas a traés de whatsapp.
Patricia: la primera pregunta dice:" soy ciudadana, tengo 22 años. Hay posibilidad de que el estatus migratorio de mi novio se ha legalizado si nos casamos?
Entó por la frontera cuando teía 8 años con sus padres" abogada: í, es posible una vez que se casen, sin embargo a menos queél hubiera salido de estados unidos con un permiso de viaje, va a tener que hacer el proceso del perón provisional. Rafa: entramos con visa hace casi tres años o cinco de la familia tendán secundaria y universidad y preguntas ya posía de que la familia legalice su estatus.
Abogadas: a menos que la familia hubiera iniciado, creo que hoy por hoy no podán tener posibilidad de legalizarse, que busquen un abogado que le pueda dar opciones en cuanto que se puede hacer para que se legalicen. Patricia:" tengo 47 años de edad, soy residente desde hace 12 años y quiero saber si se puede hacer el examen de la ciudadaía en español?
" abogada: para que la puedas hacer en español debe tener 50 años cumplido como ínimo y 20 como residente o 55 años y 15 como residente. Si no lo tienen tendás que dar examen en ingés o presentar una solicitud por razones édicas.
Junto contra la ciudadaía y seá el oficial de miras jon en el momento de la entrevista que decida si toma el examen en español o no. En cualquier otra circunstancia.
Rafa:" mi hija y yo entramos al pís hace 14 años por la frontera. Cuando entramos nos captuó inmigracón y fuimos a tres nuéricas ideas mientras aplicamos asilo poítico.
Dijo que el caso quedaba congelado. Me han comentado que la ley puede amparar a su hija.
Qé podemos hacer" abogada: esa hubiera sido elegible para daca y su entrada se produía antes que cierre el ejercicio. Como sabemos no se esán recibiendo nuevas aplicaciones.
Hoy por hoy no podía aplicar. A lo que se refiere es a una visa especial para menores de edad, tendá que consultar con un abogado de inmigracón y que conozca derechos de familia para ver si califica porque es un beneficio que se divide en dos partes.
La primera parte en la corte de familia y la segunda con inmigracón. Cuando dice que su caso quedaba congelado que el juez decidó cerrar el caso, lo que no significa que emitó sentencia, simplemente no ha tocado ese expediente nuevamente.
Es importante que busquen abogados de nuevo para que les explique bien que opciones tiene. Si es posible y vale la pena reabrir el caso.
Patricia: gracias por responder la pregunta de nuestra audiencia. Queremos darte asesoramiento con ellos y queremos enviar tus preguntas por la ínea de whatsapp al 2013946803 rafa: como pueden ver vamos a leer algunas preguntas al aire