Un parto accidental la condenó a prisión en México, pero un fallo le acaba de devolver su libertad

CIUDAD DE MÉXICO.- Dafne McPherson pasó tres años y cuatro meses en una cárcel de México acusada injustamente de homicidio, tras haber tenido un parto accidental en el baño de una tienda. Este miércoles, después de una larga lucha legal, fue absuelta y recuperó su libertad.
"Lo único que puedo decir a otras mujeres que están en mi situación es que nunca pierdan la esperanza. Voy a empezar de cero", dijo McPherson al dejar la prisión de San Juan del Río, en el céntrico estado mexicano de Querétaro.
El 17 de febrero de 2015, McPherson, quien actualmente tiene 28 años, presentó un parto espontáneo en el baño de una tienda departamental en el que murió su bebé, por lo que fue acusada de homicidio calificado y sentenciada a 16 años de prisión.
Para demostrar la inocencia de McPherson, el Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social, presentó pruebas de que la muerte de la recién nacida fue por un alumbramiento en un sitio inadecuado y por la falta de atención médica.
De acuerdo con la defensa, la bebé murió ahogada en el escusado al momento de nacer, pues el personal de la tienda Liverpool de San Juan del Río, Querétaro, donde trabajaba Dafne, no permitió el ingreso de los paramédicos de la Cruz Roja y contactaron un servicio privado llamado “Ambulancias Beyen”, quienes de acuerdo a pruebas presentadas por la defensa, no contaban con cédula profesional.
Durante el parto, McPherson tuvo un desgarre vaginal pronunciado, por lo que perdió el conocimiento. Dos horas después, la mujer fue trasladada a un hospital, pero ni el personal de la tienda ni el servicio de ambulancias sacaron al bebé del escusado para proporcionarle auxilio.
Un año antes del parto, a McPherson se le diagnosticó hipotiroidismo, una enfermedad que le ocasionó un aumento de peso, menstruación irregular y fatiga, síntomas no le permitieron distinguir los signos que pueden presentarse en un embarazo.
De acuerdo con Karla Micheel Salas, abogada integrante del Grupo de Acción por los Derechos Humanos, la Fiscalía de Querétaro no aportó pruebas científicas para inculparla, por lo que la mujer fue absuelta.
Salas señaló que el perito en medicina que aportó pruebas en contra de Dafne “basó su opinión médica en “la literatura universal y publicaciones de internet”. Además, la perita en psicología “no tenía ningún posgrado o cédula profesional de psicología forense y nunca le había practicado ningún tipo de examen psicológico a la acusada”.
Inicialmente Dafne fue sentenciada a 16 años de cárcel, acusada de homicidio agravado. Sin embargo, en noviembre de 2018 obtuvo un amparo que determinó que debía hacerse una revaloración e incorporar elementos “que no estuvieran marcados por un criterio o un estereotipo”.
Sus defensores adelantaron que presentarán demandas al considerar que la Fiscalía no actuó con una perspectiva de género y la Fiscalía de Querétaro anticipó que revisara la resolución del juez para determinar si apela el fallo.
"La Fiscalía informa que una vez que tenga la resolución por escrito respecto del fallo dictado por un Juez, sobre la acusación por el homicidio de una menor recién nacida, en el municipio de San Juan del Río, revisará los argumentos", apuntó.
Actualmente, el código penal federal mexicano impone una pena de uno a cinco años de prisión a las mujeres que se sometan a un aborto o se lo provoquen, así como condenas que pueden ir de uno a ocho años de prisión a quienes lo realicen, incluyendo médicos.
La condena a las mujeres disminuye de seis meses a un año de prisión si concurren tres circunstancias: que "no tenga mala fama", que "haya logrado ocultar su embarazo" y que este sea "fruto de una relación ilegítima".
Las excepciones para que no haya castigo son dos: que la vida de la mujer corra peligro o que el embarazo haya sido fruto de una violación.