Cada que entramos a un nuevo trabajo nos lo explican y cada que llega fin de año lo volvemos a olvidar. Para que tu empresa no te de ni un peso menos ni te salga con excusas, te dejamos 7 preguntas sobre el aguinaldo y sus respuestas:
#1 ¿De cuánto es el aguinaldo?
Según la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe ser mínimo el pago de 15 días de tu salario.
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#2 Si no llevo un año trabajando, ¿me toca aguinaldo?
¡Sí! Pero de forma proporcional. Es decir, si llevas medio año, te tocan 7.5 días. Es cosa de hacer una simple regla de tres.

#3 ¿Y si no tengo contrato?
Solamente cuando existe una relación laboral formal (bajo contrato y prestaciones) la empresa está obligada a darte el aguinaldo y es un derecho irrenunciable para ti.
#4 ¿Y si me dicen que tienen dificultades económicas?
Tu empresa no puede alegar dificultades económicas o falta de utilidades para no pagarte el aguinaldo o pagarte menos. Si es tu caso, llama a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
#5 ¿Cuándo debo recibir mi aguinaldo?
A más tardar debes recibir tu aguinaldo el 20 de diciembre.
#6 ¿Me pueden pagar el aguinaldo en especie?
¡No! Tu empresa debe pagarte el aguinaldo en moneda de curso legal, no en mercancías, vales, fichas ni otros sustitutos.
#7 Y si tuve incapacidad por maternidad, ¿me descuentan esos días?
¡Tampoco! De acuerdo con la Procuraduría Federal del Trabajo, “las ausencias laborales por motivo de los permisos de antes y después del alumbramiento, para efectos del pago del aguinaldo no deben ser descontadas ni considerarse como días no trabajados”.
Información: Condusef, Profedet